domingo, 9 de octubre de 2016

Sobre venta concedida al Rey de dos oficios de Regidor. Comisiones

   Extracto del libro: "Corregidores y Regidores de la ciudad de Cuenca desde 1.400 a 1.850 (S. XV al XIX) - autor: Jesús Moya Pinedo.- 1.977

 Sobre venta concedida al Rey de dos oficios de Regidor. Comisiones.

   D. Juan Fernández de Alarcón y Fustel, Corregidor y Justicia Mayor de la ciudad de Cuenca y su tierra, por Su Majestad a quien por el Rey Nuestro Señor y el serenísimo Señor D. Juan de Góngora, Caballero de la Orden de Alcántara del Consejo y Cámara de Su Majestad y Gobernador del de Hacienda, está cometido el beneficio y cobranza del consumo de los dos oficios de regimiento, acrecentados con que el reyno sirvió a Su Majestad en el año de 1.656 años de cuya comisión el presente escribano dá y hace fé por cuanto por órdenes particulares del dicho D. Juan de Góngora se me dio orden que en las ciudades, villas y lugares de esta provincia hiciere consumir los dichos dos oficios de regimiento como ser es en el año pasado de 1.651 por el señor Licenciado D. Vicente de Bañuelos del Consejo de Su Majestad, Alcalde de su Casa y Corte, y para ello envió órdenes a toda la provincia para que de cada villa y lugar viniere persona con poder bastante para hacer el dicho ajustamiento y obligarse a la paga de él, y habiendo venido se ajustó en la misma conformidad que el mismo año de 1.651 sin apremio ni fuerza del cual otorgamos escripturas a favor de Su Majestad y a plazos a muchos días que se cumplieron y algunas villas acudieron al Consejo Real de Castilla dando queja del dicho ajustamiento...

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     D. Phelipe por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalem, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, Señor de Vizcaya y de Molina, etc. A vos el Nuestro Corregidor de la ciudad de Cuenca, salud e gracia.
     Sepades que Diego de Vinuesa en nombre de los Concejos, Justicias y Regimientos de las villas de Bólliga, de Villar de Domingo García, Albalate de las Nogueras, Villaconejos de Trabaque, Arrancacepas, Albaráñez, Fuentes Buenas, todos de la jurisdicción de esta dicha ciudad de Cuenca, que dicen son del Marqués de Mortara, se presentó ante los del nuestro Consejo como más viese lugar, o por vía de queja de los procedimientos que hacíais contra sus partes, en razón de que hubiesen de consumir las dichas villas dos oficios de regidores que por cesión del reyno se había mandado acrecentar en todas las ciudades, villas y lugares de estos nuestros reynos y señoríos por decir teníais comisión nuestra, para beneficiar los dichos oficios en todos los lugares y villas de la dicha jurisdicción y respecto de que sus partes cada uno de por sí era de muy corta vecindad y sus caudales muy cortos y largamente este presente año que todos sus frutos se habían helado y apedreado con que se hallaban muy alcanzados y oprimidos con las cargas que estaban pagando y así mismo con la instancia que hacíais para consumir los dichos oficios y que diesen ponedores para ellos en tiempos tan apretados y sacándose por vía de milicia lo que no tenían para su remedio, nos pidió y suplicó mandásemos despachar carta y provisión nuestra para que no apremiaseis a sus partes a lo referido y sacaseis en cualquier diligencia que sobre ello tuvieredes fechas, imponiendo para que así lo cumplieseis graves penas. Y visto por los del nuestro Consejo se ha acordado debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón e nos tuvismoslo por bien por la cual mandamos que siendo con ella requeridos no obliguéis ni consintáis que se obligue en manera alguna a las dichas villas, ni a ninguna de ellas a que compren contra su voluntad los dichos oficios de regidores de que de suso se hace mención, ni que los tanteen y solo los vendais a quien los quisiere comprar contra el tenor y forma de lo cual no vayáis, ni paséis, ni consintáis que se haga ni pase en manera alguna, pena de la nuestra merced y de veinte mil maravedis para la nuestra cámara, sola cual mandamos a cualquier nuestro escribano os lo notifique y de ello de testimonio.
       Dada en Madrid a 16 dias del mes de octubre de 1.658 años. D. DIEGO DE RIAÑO Y GAMBOA; DOCTOR D. FRANCISCO RAMOS DEL MANZANO; DOCTOR D. AGUSTIN DE HIERRO; DOCTOR D. GARCIA DE MEDRANO. EL LICENCIADO D. GREGORIO DE CONTRERAS, yo Francisco Díaz, escribano de Cámara del Rey Nuestro Señor, lo fice escribir por su mandado.
 Con acuerdo de los del Su Consejo, registrada, D. PEDRO CASTAÑEDA.                        

domingo, 25 de septiembre de 2016

Cañaveras y Albalate de las Nogueras.

   Albalate de las Nogueras con la villa de Cañaveras    (años 1.690-1.692)

   Alonso Racionero, Pedro Blanco Millan y consortes, vecinos de las villas de Albalate de las Nogueras y Cañaveras, contra la dicha villa de Cañaveras para que se recoja una facultad que se le ha despachado para cerrar su término y otras cosas.

     En el pleyto que es entre el Concejo, Justicia y Regimiento de la villa de Cañaveras en el obispado de Cuenca y Matheo Martín Preciado su Procurador de una parte y Alonso Racionero, Juan López de la Fuente, Pedro Blanco Millán, Francisco Yllana Blanco y Consortes, vecinos y ganaderos de la dha. villa y de la de Albalate de las Nogueras y Joseph Rodrigo García su Procurador de la otra, sobre que se recoja la facultad que se concedió a la dha. villa de Cañaveras para que pudiese cerrar el término de ella y que se labrasen los Prados de la dehesa vieja y arrendar la yerba que produce el dho. término, y otras cosas &=

     Fallamos que devemos Recurrir y Recurrimos el dho. pleyto y causa y a las partes de el apercibir sobre lo por ellas y cada una de ellas dicho y alegado para que lo prueben por aquella vía de prueba que más a derecho y Justicia Combenga y provado les pueda aprovechar salvo yure ympertinentium et non admitendorum para la qual prueba hacer y la traer y presentar ante nos, les damos y asignamos plaza y término de quinze dias comunes a las dhas. partes a las quales mandamos se zite en forma para que si quisieren nombren persona que se alle presente a ver jurar y conocer los testigos que la una parte presentare contra la otra y la otra contra la otra y así lo pronunciamos y mandamos =

 G. Ym. Roman.      Rui Ysidro de      Juan fran.co de Villarta                                            Camargo.                           Racionero.                Gil Plo. Ghm.

     Pronunciose la sentencia de arriva por los sres. del Consejo de Su Magd. a catorce de Novbre. de mil seisctos. y novta. y un años.                                      

jueves, 22 de septiembre de 2016

Felipe Lesmes Zafrilla: sentencia y condena por el sermón pronunciado en Sigüenza.

   Sentencia y singular condena que fue impuesta a don Felipe Lesmes Zafrilla y Duart por el sermón que pronunció el 19 de Marzo de 1821 en Sigüenza, en defensa del Rey y de la Religión, por el cual fue denunciado por los Constitucionales.

                                     

     Apuntes breves sobre D. Felipe Lesmes Zafrilla y Duart.

     Nació este benemérito eclesiástico en Albalate de las Nogueras, pueblo de la diócesis y provincia de Cuenca, el 30 de enero de 1792; y no parece sino que nació con él la piedad y celo por la Religión. Hijo de padres sobre piadosos instruidos, desde sus primeros años dió muestras de lo que habia de ser despues. En la escuela estaba, y ya tomaba a su cargo repasar a los más pequeños la doctrina cristiana, y perfeccionarlos en lo mismo que acababan de enseñarle a él. Perfecto en la latinidad el 1805, obtuvo la gracia de Beca pensionista en el seminario conciliar de san Bartolomé de Sigüenza; y este colegio, que cuenta en el número de sus hijos Cancilleres mayores de Milan, Comisarios generales de Cruzada, Ministros de Marina, Consejeros y Secretarios de Estado, Confesores y Predicadores de S. M., y diez y siete Obispos, sin otros que renunciaron esta dignidad, se honrará siempre con haberle educado en su seno. Afortunadamente gobernaba entonces aquella diócesis el Ilustrísimo señor don Pedro Inocencio Vejarano, atento sobremanera en la educación de la juventud, que miraba al Seminario como su gloria y su corona, y había constituído al frente de aquella casa al señor don Pablo de Jesús Corcuera,
Canónigo entonces de aquella Iglesia, y hoy Obispo de Vich,
en quien con la amabilidad de carácter se unia un celo
fervoroso que comunicaba a sus alumnos, y con él un espíritu
eclesiástico, que ha distinguido a todos los que se criaron bajo su dirección. Cuanto pedia el Concilio de Trento de un seminarista, tanto se practicaba allí; y Zafrilla, que a esto añadía oir en la Cátedra la viva voz y clara esplicación en las materias mas arduas de la teología del Excelentísimo señor Obispo de Tortosa, don Victor Damián Saez, hijo también de la casa, y Canónigo entonces Magistral de la Catedral, y veía los ejemplos del actual Obispo de Mondoñedo don Francisco López Bo-ricon, Colegial y Maestro tambien, creció a la par en literatura y devoción...
     ... Las solícitas pesquisas que se hicieron para buscarle, ya suponiendo cartas confidenciales del Confesor de S. M., con quien recelaban debía tener comunicación, ya fingiéndose soldados guardias escapados de Madrid que acudían como a consultarle, y que a breves horas se convertían en oficiales que venían en su persecución, ya otras estratagemas semejantes usadas en las casas donde presumían que podía haber razón de él, demuestran el interés que ponían los constitucionales en su aprehensión; pero la Providencia, cubriéndole con su mano varias veces cuando ya parece estaba á punto de caer, por una serie de prodigios lo sacó de entre sus lazos, y desde el centro del reino lo puso al otro lado de los Pirineos. Mas como su seguridad no hacía la de su Rey, en nada entibiado su ardor con los trabajos, atraviesa de Poniente a Oriente aquellos montes para verse con la Regencia de Urgel, internada también en Francia en aquella ocasión, y recibiendo nuevas instrucciones y autorización, hace entrar en España personas de su confianza, y a esta ocurrencia puede decirse debida en parte la libertad de las provincias inmediatas a la capital; pues por uno de aquellos medios que no estan a la previsión de los hombres, sorprendido de los constitucionales, y herido en los confines de Navarra y Aragón el que las conducía, huyendo asombrado el caballo dió consigo y con los papeles en manos de un soldado de los de Mequinenza, donde se hallaba una Junta de armamento, y vistas las instrucciones de la Regencia de Urgel de socorrer á Sigüenza, se dió órden a Bessiéres para que acudiese a su libertad; y a esto siguió la batalla de Brihuega, cuyos ecos, resonando al otro lado de los Pirineos, hicieron conocer a las cortes estrangeras cuál era el espíritu de la nación, cuán pronta estaba a romper el yugo constitucional, é impulsaron la entrada del egército libertador.
      Apenas con el auxilio de éste se estableció la segunda Regencia con el Gobierno legítimo en Madrid, fue llamado Zafrilla a ilustrar la opinión pública de parte de la fidelidad; y con un compañero suyo, de su misma Iglesia y Colegio, y otros leales beneméritos, dieron á luz el Restaurador, donde la voz realista se hizo oir por siete meses con tanto entusiasmo como imperturbabilidad.= Terminada esta ocupación en el enero de 1824 volvió de nuevo a su Catedral, donde dedicado esclusivamente a las tareas del ministerio, ya en pláticas a religiosas, ya en dar egercicios a sus colegiales, ya en sermones a todos en común, aquel espíritu se dilataba cada vez más, como si fuera señal de que pronto se le había de perder. En septiembre, en fin, de dicho año obtuvo en Cuenca, casi por unanimidad, la canongía lectoral; y cuando parece se le abria un campo mayor para trabajar, y todos se prometian un largo porvenir, á los ocho días de su elección, en la noche del I.º de octubre, aniversario de el en que con tanto regocijo y entusiasmo había celebrado en el Restaurador la libertad de su Rey, rendida sin duda su débil complexión al peso de tantas fatigas, sin haber precedido accidente sensible alguno, plácidamente, con la mano bajo la megilla, como si se hubiera reclinado para dormir... murió a los 32 años de su edad. El mundo no era digno de él, y se lo llevó el cielo para sí. Era á Dios agradable su alma, y por eso se apresuró a sacarle de enmedio de un siglo de iniquidad: viviendo todos los días como si en cada uno de ellos hubiera de morir, su muerte, aunque súbita, no fue improvisa, y le debemos creer piadosamente computado entre los hijos de Dios.
         El sentimiento de los buenos fue igual al gozo que habían mostrado en su promoción, y sus exequias fueron un nuevo testimonio de su amor. Espontáneamente los cuerpos Realistas con velas encendidas, la ciudad toda se agolpó, no queriendo casi creer que Dios les hubiera privado tan pronto del Sacerdote de cuyos labios habían oído tantas veces, y se prometían nuevamente oir la ciencia de la ley; pero consumado en breve había llenado muchos tiempos, y Dios se los quería ya premiar. Su desinterés, su fé viva, su esperanza sin límites, su caridad, su amor encendido á Jesús, que le hacía clamar enagenado á veces en el púlpito repentinamente: "Amor a Jesucristo, amor a Jesucristo" su tierna devoción a la Virgen, su rectitud de intención aun en las cosas más pequeñas, y que tocaban a los que le trataron mas de cerca, persuaden facilmente que su vida sin mancilla equivalía a una ancianidad venerable."
                                                         
                   
                                                                  






                                     

viernes, 2 de septiembre de 2016

Libro: Canciones, danzas y bailes tradicionales y populares

     Albalate de las Nogueras.

  Terminado ya el nuevo libro de ARVAM dedicado a Albalate de las Nogueras, que titulo:

                 Folclore
Canciones, danzas y bailes tradicionales          
y populares.

   Albalate de las Nogueras.
    Canciones, danzas y bailes tradicionales y populares.

 Albalate de las Ngueras, 21 de agosto de 1945.

 Estribillos que se cantan después del "Mayo" en Albalate de las Nogueras.
Informante: Ramón Racionero Paje.     
Íncipit de texto:
"Vaya San José bendito                        
a los campos a coger flores"
Íncipit musical:
=0=0=0-2+2+1-3=0
Nota inicial:
Do#-Reb

Tipo de pieza: Vocal

Género:  Canto - Canción de "los mayos"

   Texto y anotaciones:

    Estribillos que se cantan después del "mayo" en Albalate de las Nogueras.

   Vaya San José bendito
a los campos a coger flores,
para la Virgen María
que son sus amores.
       ---------
  Vaya fulano de tal
a los campos a coger flores,
para fulana de tal
que son sus amores.
                                           

de Ramón Racionero Paje.

Albalate de las Nogueras - 21 - VIII - 1945

       






viernes, 12 de agosto de 2016

Albalate. Danzas tradicionales y populares.

        Con motivo de celebrarse entre el 13 y el 25 de agosto la Semana Cultural de Albalate de las Nogueras, e inmediatamente después su Fiesta Mayor en honor de su patrona la Vírgen del Rosario, inauguramos hoy una nueva sección dedicada a sus Bailes, danzas y canciones populares y tradicionales.
                                
Programación de actividades en la Semana Cultural de Albalate de las Nogueras. 13 al 25 de agosto de 2.016
   



     



                                                                                                                                                                                                                                        Albalate de las Nogueras.        Programa de Fiestas en honor de su  patrona la Virgen del Rosario.           (Del 26 al 30 de Agosto de 2.016)
                                

                                                                                                                                 Albalate de las Nogueras.

   Bailes y danzas tradicionales y populares.

     Danzas de Paloteos.                    


        "Los Peludillos"

   Informante: Víctor de Madre Martínez, "el tío payaso"

       Ficha técnica:                                                       

  Lugar de nacimiento:         Edad:         Fecha en que se copió la pieza:            Albalate de las Nogueras.      68 años         1.945
  
   Profesión:                             Lugar de residencia:                                         Cacharrero y labrador.              Albalate de las Nogueras.

   Notas:                                                                                                                            El informante dijo que ha visitado o residido en Madrid, Cuenca, etc., y varios pueblos donde va a vender cacharros, y que aprendió las canciones "en Albalate, donde además ha sido maestro de danzantes".                                                                                                             

         
           Albalate de las Nogueras
Bailes y danzas tradicionales y populares.
Albalate de las Nogueras, 21 de agosto de 1.945 Danzas de "paloteos": Los Peludillos. (Autor: Víctor de Madre Martínez (mote: "el tío payaso"), que había sido maestro de "paloteos", y como tenía mucha fuerza y habilidades gimnásticas, le llamaban el "Tío Payaso".
Texto y anotaciones:
Peludillos son gavilanes (1) madre (1) ¿aguiluchos? peludillos son los que vuelan por el aire.
A los que hacían estas danzas de "paloteos" les llamaban "danzantes". En algunos sitios de la provincia de Cuenca, viven todavía estos grupos de mozoz que actúan en las fiestas de los pueblos. Los que ahora nos ocupan, eran un grupo de ocho. Iban todos vestidos de blanco: camisa, calzoncillos, calcetines y alpargatas de cintas. En la cabeza llevaban un pañuelo de colores enroscado al estilo aragonés; cruzando el pecho y la espalda, llevaban dos pañuelos de seda, azul el uno y encarnado el otro. Iban armados de un palo recio y corto en cada mano, y según el ritmo y el momento de la danza, se golpeaban los palos mencionados, con los de otro danzante, haciendo diferentes figuras coreográficas. Iban delante de la procesión, o aisladamente iban a casa de las autoridades o personas principales de la localidad a "echar un paloteo", y eran recompensados con regalos o dádivas de dinero. Estas canciones con el texto correspondiente, les servían para aprender mejor los movimientos y los golpes, y luego recordarlos. Cuando actuaban en fiestas y rondas, tocaba la melodía una dulzaina acompañada por un tambor.
Texto Incipiente musical Nota inicial Peludillos son, aguiluchos madre =0=0+2-2+7+2-2-2 Sol
Instrumental - Vocal. Canto y baile.



     (Información obtenida de la publicación del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y recogida por la Institució Milà i Fontanals, Barcelona (IMF))                             

jueves, 28 de julio de 2016

Mapa antiguo de la parte septentrional del Obispado de Cuenca.

     Mapa que aparece en el Diccionario Geográfico de España (manuscrito): Cuenca.
   Siglo XVIII 
   Publicado por Tomás López en 1787

     Parte Septentrional del Obispado de Cuenca, entre los ríos Guadiela y Tajo, que comprende las tres Abadías del Sexmo de Sierra.
     Por D. Francisco Antonio Fuero, Comisario del Santo Oficio, y cura de la villa de Azañón. - Año de 1.762.
                                


Mapa de la Ciudad de Huete, mirado por la parte de Saliente.
(Publicado en el Diccionario Geográfico de España (manuscrito): Cuenca.- Siglo XVIII.                 Tomás López. 1.787





lunes, 18 de julio de 2016

Concejo de la Mesta contra el lugar de Albalate: dehesilla de arriba.

 Albalate de las Nogueras, año de mil y seiscientos y quarenta y seis.
                         

    Pleito entre el Concejo de la Mesta y los vecinos del lugar de Albalate, por impedir el paso de los ganados de la cabaña Real por el sitio de la “dehesilla de arriba”, cuyos pastos tenían reservados para el ganado de carne de la carnicería del pueblo.
      Juan Bautista de la Cueva vº de la ciudad de Cuenca y procurador general de la tierra della y de los lugares de su juridicion en nombre dellos, y por su poder digo que el dho. sor. Don Pº Hurtado de salcedo alcalde mayor entregador del partido de quenca en el mes de nobiembre pasado del año de mill y seiscientos y cuarenta y cinco puso audiencia en la vª. de alcantud y procedio contra el concejo de albalate las nogueras aldea de la dha. Ciudad y sus oficiales y vzos. Por decir tenian dehesa boyal y carnicera y llebaban penas de sesenta ms. de dia y ciento y veinte de noche y los condeno en tres mill ms. y mas mill y nuebecientos y setenta de costas de la qual ssentencia ante Vuesa sª. Me presento en grado de apelacion nulidad y agrabio y Reproduzgo los autos ffhos. Por el dho. alcalde cuya sentencia de justicia Vuesa sª. A de Rebocar y dar por ninguna y dar a mis partes por libres y mandarlos bolber y Restituir las dhas. Cantidades de condenaciones y costas lo qual se debe hacer por lo general y siguiente= Lo otro por que el dho. don P.º Hurtado escedio de su comision aciendo causas generales tantas beces Rebocadas por los señores presidentes deste honrado concejo y contrabino a los capitulos de la ley quarta de la nueba Rl copilacion que llebaba por ynstrucion, lo otro porque esas dehesas solo miran del bien comun y conserbacion de los lugares y no se hallara que se aya prendido en ellas a los ganados de la Cavaña Real ni los testigos contestan ni se prueba lo dho. porque el mismo juez en sus sentencias les da licencias para que usen dellas y luego los condena contrario uno de otro. Lo otro porque mis partes estan yndefensas y en semejantes audiencias solo se Recrecieran costas de qualquier diligencia que ycieran por todo lo qual y mas faborable a Vuesa s.ª pido y suplico probea y determine como tengo pedido pues es justicia que pido &ª.
                                       
                              JuanBap.ª de LaCueb.ª

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     Albalate de las Nogueras, año de mil y seiscientos y   quarenta y siete.

     En la Villa de alcobendas a diez y siete dias del mes de septiembre de mill y seiscientos y quarenta y siete años el sor. Don Pedro Pacheco de los Consejos Reales de Castilla y la gral. Inquisicion Presidente del Concejo de la mesta gral. de ntrôs Reynos haviendo visto este pleito fho. Y causado por el Licdo. don Pedro Hurtado de salcedo alcalde mayor entregador que fue del partido de Cuenca el año pasado de mill y seiscientos y quarenta y cinco teniendo su Audiencia en la villa de Alcantud contra el concejo y oficiales de Albalate de las nogueras y lo nuebamente dho. y alegado en este gº. Ante sus s.ª= dijo que Rebocaba y Reboco la sentencia en el dada y pronunciada por el dho. alcalde mayor entregador en cinco de nobiembre del dho. año de mill y seiscientos y quarenta y cinco en todo y por todo como en ella se contiene Con que dejen libre el paso a los ganados de la Cabaña Real conforme a sus Previlegios y mando que los tres mill ms. de condenacion en ella contenidos le sean bueltos y Restituydos al dho. Concejo y oficiales o a quien su poder hubiere según como fueren aplicados por el dho. Alcalde mayor y demas personas en quien estuvieren y pasaren y asi lo mando y señalo.
                                              Antemi.
                                    Diego de la Peña.