jueves, 25 de abril de 2024

Albalate de las Nogueras. Desamortización de Madoz. Sobre las tierras de la heredad que la iglesia de Beteta posee en Albalate.

          Albalate de las Nogueras           Octubre de 1.865.

                                                                                       


Julián Canales García, Procurador del Juzgado de Priego, en nombre de los vecinos de Albalate de las Nogueras Julián Castro, Pedro Muelas y Felipe Peral, arrendatarios de las tierras de la heredad que la Iglesia de Beteta poseía en el término de Albalate, remite escrito de apelación al Juzgado de Priego en nombre de sus representados para que le sea admitida la información de testigos que obra ya inserta en el expediente y le sea devuelto ya aprobado, sobre la solicitud hecha de declaración de dominio útil de dichas tierras a favor de sus representados, según la Ley de desamortización de 1.º de Mayo de 1.855.




SIGNATURA: Archivo Histórico Provincial de Cuenca.                                        A. H. P. Cu. 01725 - 006

sábado, 13 de abril de 2024

Extracto del Libro: -Cañada Real de Albalate de las Nogueras - Apeos y medidas (años 1.640 - 1.749 y 1.763)

  Extracto del Libro: - Cañada Real de Albalate de las Nogueras - Apeos y medidas.               

                                                                           

   

   20 de Noviembre de 1.640           
   
Audiencia en Canalejas          

Honrado Concejo de la Mesta - Cañadas.           

Relación de los Alcaldes Mayores entregadores.         

Juez: el Liz.do Don Lorenzo Garcia de Trascasa, Abogado de los Reales Consejos de Castilla, Alcalde mayor entregador de mestas y cañadas por Su Magd.  

Cañada de Albalate de las Nogueras.                                 

Al gobierno de la Villa de Albalate de las Nogueras.

Condenaciones

1.- El g.º de albalate de las nogueras, sobre bedar el monte y dar al Obligado el pasto de la desa tres mill mrs. --------------------- 3000.-

2.- 79 -El g.º de albalate de las nogueras sobre nueba dehesa en la oxa de viñas dos mill mrs. Y sobre Rompimiento en la dehesa de abaxo absuelto atento facultad.------------------------------ 2000 - 0  

      


           21 de Agosto de 1.749

           Audiencia en Priego                      

Honrado Concejo de la Mesta - Cañadas.         

Relacion de los Alcaldes Mayores entregadores.        

Juez: el Liz.do Don Francisco Javier Hurtado, Alcalde mayor entregador de mestas y cañadas por Su Magd., Abogado de los Reales Consejos de Castilla.

Cañada de Albalate de las Nogueras.                                

    Contra la villa de Albalate de las Nogueras. 

Condenaciones 

1º.- Contra la Villa de Albalate sobre acotar en su termino los sitios que dizen el coto, y las restrojeras. Testigos Manuel Paxe, Juan Caracena, 

Julian Vindel. Condenación Quatro mill y doscientos mrs., Alguaziles nobezientos y sesenta, prozesales nobezientos y sesenta y ocho, y oficiales y sellado yden.----------- 1200-960-968 - 0     


      9 de Agosto de 1.763                                                                  Audiencia en Priego                                     

Honrado Concejo de la Mesta - Cañadas                           

Relación de los Alcaldes mayores entregadores.           

 Juez: el Liz.do Don Manuel Ambrosio Fernández de Nalda, Alcalde mayor entregador de mestas y cañadas por Su Magd., Abogado de los Reales Consejos de Castilla.

Cañada de Albalate de las Nogueras.                                                     Contra la Villa de Albalate de las Nogueras.                                       Condenaciones 

1.-  17 - Contra la V.ª de Albalate de las Nogueras por acotar y vedar los  pastos Comunes de su termino de la que dicen su dehesa Boial,  el Coto de la Hoz, los entrepanes, rastrojeras y oja de viñas en perjuicio de los Ganados de la Cavaña Rl. y demas de ygual Privilegio, y llevarles la pena de ordenanza: Condenación Cinco  mill mrs., Alguaziles un mill y doscientos mrs., Prôr. un mill mrs., Oficiales quinientos y diez mrs., y sellado ciento y setenta mrs. Ttgos. Juan Villarreal Hidalgo, Joseph Martinez, Fran.co Marquina y Pedro Villarreal sus Combecinos.--------5000-1200-1000-510-170

2.-  Contra la V.ª de Albalate de las Nogueras por haberse roturado y labrado por diferentes Vecinos de ella en partes Comunes de su termino y sitio que llaman vado de oya del Pajoncin un pedazo de tierra de cabida de quarenta fanegas, sin facultad Rl., que se halla de Rastrojo. Condenacion Cuarenta mill mrs., Alguaziles dos mill mrs., Prôr. tres mill y quinientos mrs., Oficiales quinientos diez mrs., y sellado ciento y setenta mrs., ttgos. Apeadores: Agustin de Herrera, y Ambrosio Paje, Vecinos de la V.ª de Priego. ----------------- 40000-2000-3500-510-170-

                                                                          

jueves, 11 de abril de 2024

Don Santiago Antelo y Coronel.- último alguacil mayor de la Inquisición de Cuenca.- Petición de usar bastón en los actos de Ayuntamiento.

            Don Santiago Antelo y Coronel.- Alguacil mayor del Santo Oficio de la Inquisición de Cuenca.- Petición de usar de su privilegio de llevar la Vara ó Bastón en los actos de Ayuntamiento.







Dn. Santiago Antelo y Coronel, Regidor perpétuo de esta ciudad y Alguacil mayor del Sto. Oficio ante VS como más haya lugar en drô. y reproduciendo las protestas que tengo hechas srê. fuero y jurisdicción, parezco y digo: que en este día se me ha hecho saber una providencia en que se sienta que siendo enteramente incierto que esté yo en la posesión de usar Bastón en los actos de Ayuntamiento me abstenga de introducirme en el formado dentro o fuera de las Casas con dho. distintivo, bajo la multa de doscientos ducados de irremisible exacción con agravación de otras si fuese necesario no presentado particular privilegio, o declaración superior: testimoniando los Escribanos de Ayuntamiento los acaecidos sobre lo que expresé y mandatos de V.S. srê. ello y hecho se lleve este Auto salva la venia, no solo me es gravoso y perjudicial sino que produce un despojo de la posesión en que desde el año de mil seiscientos setenta y tres se halla el empleo de Alguacil mayor del Sto. Oficio por sobre carta del Consejo Real. Yo tengo actos positivos de haber usado de Bastón en los Ayuntamientos a que he concurrido desde que soy Alguacil mayor, y siendo este un drô. incorporal, no ignora el Juzgado que por ellos se constituye posesión. Tampoco se le oculta que la preeminencia de usar Bastón no fue a la persona de Dn. Francisco Montoya, sino al empleo de Alguacil mayor, y así en el despojo que se cause no soy yo tanto el ofendido, como el Sto. Oficio, cuyo drô. fue respetado por el Consejo Rl. En estas circunstancias repito una, dos y las demás veces necesarias la reclamación conveniente en tribunal competente de la referida providencia si no se pone por contrario imperio, o como más haya lugar en drô. y en cuya atención

A V. S. suplico que habiendo por reclamada dha. providencia y en el caso de no responderla, se sirva mandar se me den inmediatamente los testimonios que tengo pedidos en mi anterior escrito con inserción de este y providencia que se dicte, certificando los escribanos de Ayuntamiento de haberme visto siempre dentro y fuera de Ayuntamiento usar de la Vara ó Bastón de Alguacil mayor, y por si esto se me negase, que no lo espero, me quedo con copia testimoniada de este escrito pues así es conforme a justicia que pido juro lo necesario &.ª