viernes, 1 de mayo de 2020

Albalate de las Nogueras, año 1561 -Querella de María de las Eras contra Domingo Triguero y su hija Sabina.

    Albalate de las Nogueras,   año 1561
  Querella entre vecinos de Albalate de las Nogueras.                 
                     2ª
Querella de María de las Eras, Vecina de Albalate de las Nogueras,
              Contra
Domingo Triguero y Sabina, hija de Domingo Triguero, porque le dijo andamundos y alcagüeta y bellaca putavieja, y él de dijo bellacona.


SIGNATURA:
Archivo Histórico Provincial de Cuenca.                                   A.H.P.Cu, JUD-00072-022

                                                                                                   
t.º       
Juró en 8 de setiembre.
t.º Dicho de Catalina de Bascuñana hija de Pedro de Bascuñana, V.º de Albalate de las Nogueras,    testigo Jurado.
                  fue preguntada por lo contenido en la dha. querella, dixo que lo que dello sabe es que podrá haber más de veinte días que estando esta testigo que venía de lavar del río, casi en el río habían reñido Sabina hija de Domingo Triguero con María de las Eras, y lo del río esta testigo no lo oyó, e binieron en después de camino hacia el lugar e oyó esta testigo como la dha. Sabina Triguero dixo a María de las Eras bellaca andamundos y alcagüeta puta vieja, pilacha rabiosa ---(falta esta parte del texto por estar muy dañado y roto el papel )---------- domingo de san juan la Sabina dixo ---(continúa hoja rota)
este testigo es parienta del dho. Domingo Triguero e no sabe si ha estado preso por eso, y que no le toca ni emplaza ninguna de las preguntas generales de la ley que por mí el escribano le fueron fhas. pasó ante my Juan de Sancha, escribano.
                                                               Fran.co Gonzalez.
Juró este día.
t.º   Dicho de Colasa Lopez muger de Alonso Castillo V.º de Albalate de las Nogueras, testigo jurado.
fue preguntada por lo contenido en la dha. querella, dixo que lo que dello sabe es que podrá hab er hace días, no se acuerda cuántos días que riñeron Domingo Triguero e María de las Eras y esta testigo le rogaba a la dha. Maria de las Eras que no hubiese en el negocio y el dho. Domingo Triguero dixo: qué le rogáis a esa bellacona la de Alonso del Castillo, y esto oyó e no otra cosa so el Juramento que hizo, y no firmó porque dixo no sabía escrebir, e dixo que es de edad de cinquenta años poco más o menos, y que no es parienta ni enemiga de ninguna de las partes ni le toca ni empece ninguna de las preguntas generales de la ley que por mí el escribano le fueron fhas. pasó ante my Juan de Sancha, escribano.
Juró este día.
Dicho de Catalina Racionero, viuda muger que fue de-- (hoja rota, falta el nombre)--- v.ª de Albalate de las Nogueras ----(hoja rota, faltan estos datos)--- sobre ella dixo----- f.ª carcelera por Domingo Triguero y su hija Sabina que los darían presos en Cuenca para el jueves en la noche en poder de Francisco de Gris alguacil v.º del Villar y de la cárcel , fiador Miguel de Fresneda.

Testigos que fueron presentes Juan de Bascuñana e Bartolomé de Biexo bueno y Benito de Biexo bueno Vecinos del dho. lugar, y yo Juan de Sancha, escribano.

                                                     t
Yo el dotor Pedro de Marquina alcalde maior en esta Ciudad de Cuenca y su tierra por el ilustre señor don Alonso de Cárdenas Corregidor e Justicia mayor de las Ciudades de Cuenca e Huete e sus tierras por su Magd. Por quanto ante mí María de las Eras V.ª del lugar de Albalate de las Nogueras se querelló criminalmente de Domingo Triguero e de Sabina hija del dho. Domingo Triguero, y de la de Bartolomé de Viejobueno Vecinos del dho. lugar de Albalate sobre razón que la dha. de Bartolomé de Viejobueno le dijo cabestrera y de mala mujer y que le había de moler los güesos de su cuerpo bellaco a palos, e sobre las otras causas e razones en la dha. su querella contenidas a que me refiero, e porque el dho. Domingo Triguero le dijo bellacona, e la dha. Sabina su hija del dho. Domingo Triguero le dijo Andamundos y alcagüeta y bellaca puta vieja,  e sobre las otras causas e razones en la dha. su querella contenidas, a que me refiero, e para dar la información y sean castigados los culpados pidió mandase enviar un alguacil y escribano. E por mí visto mandé dar e dí la presente por la qual mando e cometo a vos Francisco de Gris alguacil por mi criado para lo suso dho. que vais con vara de Justicia al lugar de Albalate de las Nogueras desta Jurisdición e por ante Juan de Sancha escribano de la causa hagáis información de los testigos que por parte de la dha. María de las Eras fueren nombrados, e habida prendáis los culpados e presos los traed a la cárcel pública Real, e si no pudieren ser habidos les secuestrad todos e qualesquier bienes que halláredes ser de los tales culpados, e los depositad en personas legas llanas y abonadas, e si para ello favor e aiuda obiéredes menester, a qualquiera persona que se la pidiéredes mando que luego bos la den so las penas que de mi parte les pusiéredes en las quales dende luego les he por condenados en ellas, lo contrario haciendo, que para todo lo suso dho. e lo a ello anejo y dependiente vos doy poder cumplido e os cometo veces según de derecho se requiere, que venidos que seáis vos mandaré pagar vuestro justo y debido salario. fho. en Cuenca a seis de setiembre de mil quinientos y sesenta y un años.
         Lizdo. Doctor                                      por mandado de V. m.                                           Marquez.                                        Juan de Sancha, 
                                                                    scrivano.

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