viernes, 21 de junio de 2013

Julian Apolinar de la Fuente solicita pleito para recibirse de abogado.

    El bachiller don Julián Apolinar de la Fuente, natural de Albalate de las Nogueras solicita pleito para recibirse de abogado. Año 1749

     Abogados del Consejo.             


                                                   

  El Bachiller don Julián Apolinar de la Fuente natural de la Villa de Albalate de las Nogueras ante V.A. como mas haya lugar Digo que auiéndome Graduado de Bachiller en diez y ocho de septiembre de 1744. y practicado a la Pasantía del Doctor Dn. Miguel Jurado de los Reyes, Abogado de los R.es. y residente en la Ziudad de Alcalá, el tiempo prevenido por V.A. como todo consta del Grado y Zertificación que con la solemnidad  necesaria presenta, y deseando recivirme de Abogado.
     Sup.co. a V.A. que aviendo por presentado dhos. Grado y Zertificación se sirva mandar se me señale pleito y dia para entrar a exámen en que reciviré merced. Gr.as. 

                                               Julián Apolinar de 
                                                      La Fuente = x                       

domingo, 16 de junio de 2013

Albalate contra Francisco Page Caracena, VI.

     Albalate de las Nogueras y Cuenca, año 1.735

   Dictamen de la Jurisdicción Real ordenando al Provisor y vicario de Cuenca y a cualquier otra jurisdicción eclesiástica que haya tenido, o tenga conocimiento de los autos seguidos contra Francisco Page Caracena, Mayordomo de la fábrica de la Iglesia de Albalate, por haber vendido granos a precios más subidos de la Real tasa, para que se inhiban de su conocimiento y dejen libre la causa para su seguimiento por la Jurisdicción Real.

   (... Continuación)

    

... Y en su vista hauiendo salido a ella dichos Alcaldes, y pedido que el Provisor se declarase por Juez incompetente de dhos. autos ynhiviéndose de su conocimiento y dejándole libre la Jurisdizión Real, por el que hauíades dado en dicho dia Diez y siete hauíades declarado tocar su conocimiento a vtrô. Juzgado por ser dirigidos los procedimientos contra vienes y fruttos de la fabrica de dicha Parroquia, y que los autos se retuviesen en vtrô. tribunal, donde las partes pidiesen por lo que les combiniese, y de cuio auto se interpuso Apelazión,  por parte de dha. nuestra Jurisdicción Real, que se le hauía admitido según constaua del testimonio de que con la misma solemnidad hizo presentación; y respecto de que vos el expresado Provisor en haueros declarado por Juez competente hacíades nottoria fuerza la qual alzando y quitando Nos suplicó huviésemos por presentados dhos. instrumentos, y en su vista expedir a su parte nuestra Carta y Provisión en la forma ordinaria para que se remitiesen los auttos Originales, y absolviésedes a los excomulgados si los huviere; y declarar que vos el dho. Provisor hacíades fuerza en conocer y proceder.=...

                                                (Continuará...)
    


domingo, 26 de mayo de 2013

El Ayto. de Albalate contra Fco. Paxe Caracena II.

     Albalate de las Nogueras y Cuenca, año 1735

   - 2ª Parte de la Carta de Poder expedida por el Ayto. de Albalate de las Nogueras a los Procuradores para que le representasen en los tribunales en los autos que se seguían contra Francisco Page Caracena, Mayordomo de la fábrica de la Iglesia de Albalate, y el Provisor y vicario de Cuenca, el primero por haber vendido granos a precios subidos, y el segundo para que se inhibera de juzgarlos  en los tribunales eclesiásticos y pasase la causa a la jurisdicción civil.

     ...Carta de Poder (continuación):                


      = ... para todo lo qual i en raçon de todo lo suso dicho dhos. Dn. Juan Gonçález y Dn. Lucas de miranda Procuradores puedan Pareçer i parezcan como dho. es en el dho. Real consexo i demás partes que convengan, Presentando para ello escritos, testimonios, Pedimentos, Requirimientos, protestas, 
demandas, testigos y prouanças con todo lo demás que sea necesario y dhos. señores otorgantes axian presentes siendo que le Poder que se requiere u otro mas expeçial a sus presencias ese mismo les dan i otorgan a los suso dos.= y siendo necesario lo puedan sustituir en una o mas personas y los reuocar i nombrar otras de nuevo que a todos los relievan en forma= y con sus inçidençias y dependencias anexidades i conexidades libre y general administración; y a su cumplimiento se obligan con sus Personas y vienes y los Propios y rentas de este Concexo i vecinos; y a su execucion dan todo su Poder Cumplido a todas y quales quier Justicias i Jueces del Rey ntro. Señor de quales quier parte que sean, y a las que fueren sometidos en cumplimiento a este Poder para que a ello les compelan i apremie como si fuera sentencia pasada en cosa juzgada sobre que renuncian quales quier leies juros i drôs (derechos) que sean de su favor con la general en forma= y lo otorgan como dho (dicho) es ante el presente esc.no (escribano) y testigos que lo fueron presentes Juan Racionero Cisneros, Joseph las Bacas y Manuel Ramiro, vecinos de esta dha. villa, y los otorgantes a quien io el esc.no, doy fee conozco, y lo firmó el que supo i por los que no un testigo a su ruego=    Leonardo Moreno=   Joseph Martínez=
A rruego= Juan Raçionero Cisneros=  Antemí= Vicente Aragón
   = entre rengl.es = Paxe =Balga=-------------         y Arcos=
---------------------------------------  +++++ ------------------------
     Yo el dho. Vicente Aragón y Arcos esc.no  por el Rey ntro. señor i de el numero y Aiuntamiento de esta villa de Albalate de las Nogueras, a lo que dho. es fui presente, y lo fice sacar i saque de su orixinal con quien concuerda, i en fee dello lo signo, y firmo en el dia en que se otorgó---------------------
                                               ++++
        En testimonio ++++ de verdad+++
                               ++++
    =+= Bizente Aragón
                  y Arcos+


                                                              

viernes, 25 de enero de 2013

Albalate: Carta de Juan de Carmona a las Justicias de las 6 villas que no acatan su nombramiento.

     Albalate de las Nogueras, 17 de mayo de 1774

     Carta de don Juan de Carmona y Resa a las Justicias de Villaconejos de Trabaque, Arrancacepas, Fuentesbuenas, Castillo de Albaráñez, Villar de Domingo García y Bólliga, para notificarles que ha tomado posesión de su empleo de theniente de Alcalde Mayor para el cual había sido nombrado por el marqués,  sin impedimento alguno en la de Albalate de las Nogueras, y que, enterado de la reunión habida en la de Arrancacepas de las otras 6 villas, y de las circulares que desde allí se han remitido a las Justicias de las villas y al marqués negando la validez de dicho nombramiento, les hace saber que estas se niegan a acatar dicho nombramiento, y les pide que accedan a repetir, aunque sea supérfluo, a la toma de posesión en ellas de su empleo de theniente de Alcalde Mayor de las mismas.
                                                                    


      Mui Señores míos: a consequencia de Título que E merecido del Excmo. Sor. Marqués de Olías y Mortara, Sor. de estas sus Villas, de Albalate de las Nogueras, Villaconejos, Arrancacepas, Fuentes Buenas, Villar de Domingo García, Castillo de Albaráñez y Bollega; para teniente de Alcalde, maior, pasé a esta de Albalate, como primera nominada, en dicho título, a efecto de tomar la Posesión de mi Empleo, la que sin contradizión alguna abiendo precedido, su Junta de Capitulares, se me dió en el Día onze de este mes de Maio: y estando informado de sujeto de Letras, el que para que se me tenga por tal es bastante la toma de posesión, en esta de Albalate participándolo a Vmds. las demás Villas, por circular; por tanto lo ago por esta prebenido el conductor, que de principio por esa de Arrancacepas, como Villa en la que estoi entendido se a celebrado junta de las seis en estos días segun que se da a entender por la que Vmds. solo firmada del Esc.º de Bollega han remitido de queja infundada, a las Justicias de esta de Albalate sin mas motibo de que estas an sido obedientes a las órdenes de su señor;...
                                                                                  (Continuará...)

    

miércoles, 9 de enero de 2013

Seguro a los pastores de Torralba y otros contra Pedro Carrillo de Albornoz


     Seguro a los pastores, mayorales y dueños de ganados, vecinos de Torralba, Beteta y de los lugares y villas que fueron de Juan de Albornoz, difunto (asesinado mientras dormía la siesta en su castillo de Torralba por su hermano Pedro Carrillo de Albornoz), defendiéndoles de Pedro Carrillo de Albornoz y de su hermano Álvaro Carrillo e Iñigo López de Mendoza con los que está en lucha. (Toledo, 24 de abril de 1480)     

                                         
   Los pastores e mayorales                   Seguro               d. alu.º carrillo
     dueños de ganados q biuen                                              y sus lugarttes
     en las villas de torralua e biteta.                                   e los suyos.             
                                                                                                               
                                                                                                                     
Don Fernando e doña ysabel reyes de aragón y Castilla, etc....                            


viernes, 4 de enero de 2013

Mayorazgo de Carrillo de Albornoz.

   Executoria de Administración de las villas de Torralba, Cañamares, Albalate y Beteta, del mayorazgo de Carrillo de Albornoz, siendo su señora, Luisa Carrillo de Cárdenas. (Año 1596)
 - NOTA: adviértase aquí que dice "mayorazgo", pues el mayorazgo Carrillo de Albornoz sí incluía tierras, casas y posesiones en Albalate, aunque no el señorío, pues Albalate era lugar de "realengo", o sea, perteneciente al Rey, que la tenía cedida al concejo de Cuenca para su sustento: por tanto, Albalate era aldea de Cuenca, y no del señorío de los Carrillo de Albornoz. En cambio Torralba, Cañamares y Beteta sí eran las villas que incluían el señorío de los Carrillo de Albornoz en estas fechas (siglos XV-XVI), de los cuales en estas fechas aproximadas (1596 - 1626) era su señora Luisa Carrillo de Cárdenas.          



                                                                      
                

miércoles, 14 de noviembre de 2012

Albalate de las Nogueras. Elecciones Antiguas.

Albalate de las Nogueras: Listado de candidatos enviados por el Ayuntamiento de Albalate al marqués de Mortara, para que el marqués eligiese los Alcaldes ordinarios, regidores, alcaldes de la hermandad, alguacil mayor, alguacil menor, quadrilleros y demás justicias de la villa para el año de 1659.

(F. N., C.994, D.1, fols. 5 y sig.)








Alvalate  3 de henero de 1659
Roq. lopez de la fuente
Jhinde deber.

Respondida con las elecciones para este año de 659.
Remitiósele las armas para que se pusieran en la
Plaça o Iglesia=
q las escrivanías son de s.e. que es menester tenga el tal es.º (escribano) nombramiento Lª para que el arrendamiento D.E.
fuese justo por ellas.

Escudo de armas de Francisco de Orozco y Rivera, marqués de Mortara y de Olías. (Museo Provincial de Huesca)
                                          
         El grabado muestra un escudo español, medio cortado y partido. En el primer y segundo cuartel, las armas del linaje de los Orozco, dos lobos afrontados, aquí además rampantes. En el tercer cuartel, cuerpo blanco con tres fajas. Excusón sobre el todo con seis flores de lis (3, 2, 1). En bordura, en el lado diestro del escudo, ocho sotueres propios del linaje; en el lado siniestro, ocho estrellas de seis puntas.
         Tras el escudo, la cruz-espada de la Orden de Santiago, de la que fue maestre y caballero; cobijado en una cartela de original forma, con extremos rollados y extendidos, decorados con pequeños motivos cuadrados; los extremos superiores forman volutas adornadas con pequeñas bolas. De estas volutas descienden unas cintas. En la parte izquierda penden un casco y varios trofeos militares: escudo, flechas, alabarda, espada, arco y flecha, carcaj, etc. En la parte derecha cuelgan otro casco y también varios trofeos militares: tambor, trompeta, flecha, hacha, alfanje, etc. Se timbra con corona de marqués, de acuerdo con el título que ostenta.
          Firmado en la parte inferior:"Hie. Aguesca f(ecit)".
          Realizado en el siglo XVII, al aguafuerte; mide 194 x 146 mm. el campo grabado y 234 x 161 mm. el total. En la parte superior, a pluma, aparece escrito el título nobiliario de la persona cuyo escudo describimos: "Mar. d(e) Mortara".