lunes, 21 de enero de 2019

Albalate de las Nogueras. R. CH. G. Hidalguías. Diligencias.


                           Real Chancillería de Granada

   Hidalguías    - Diligencias
       Años: 1739-1740
      1775 - 1776 - 1777
                 1797
Don Gregorio de Resa y Consortes (Don Juan de la Guerra y Viana, Agustín, Miguel y Juan Hidalgo)  del Estado de Hijos dalgo,
                  Con
El Concejo, Justicia y Regimiento y el Procurador Síndico de la villa de Albalate de las Nogueras

SIGNATURA:
Archivo de la Real Chancillería de Granada,
Hidalguías,  4911 - 03

   
Sello qvarto, veinte maravedis, año  de mil setecientos y setenta
y cinco.

YO Antonio Aragon Martinez Escribano de Su Magd.
Público del Número y Ayuntamiento de la Villa de Villaconejos y su vezino, Doy fe que hallándome en esta de Alvalate de las Nogueras á efecto de sacar varias Partidas de matrimonio que necesita Juan Ydalgo Vindel de sus tercero y quarto Abuelos, digo segundo y tercero, que necesita para entroncar con el quarto donde Dimana su Executoria para lo que el señor Dr. Dn. Matheo Ruiz de Leon Cura de esta Parroquial me exibió los Libros de Bautismos y Casamientos que obran en su Archivo, entre ellos visto el de Desposados Primer tomo empieza el año de mil quinientos sesenta y quatro y acaba en el año de mil seiszientos treinta y cinco, empergaminado y foliado, en tomo de a quarto, al folio ciento treinta y quatro Buelto se halló esta Partida=

Juan Ydalgo y María
de Viejo bueno -   En el Lugar de Albalate de las Nogueras
En veinte y siete días del mes de Junio de este año de mil seiscientos diez y siete años Contraxeron matrimonio por Palabras de Presente según lo manda la Sta. Madre Yglesia habiéndose hecho las tres moniciones que el Sto. Concilio manda Ynter misarum Solenia en tres días festivos las quales se hizieron la primera Domingo Segundo de Junio quinze de dho. Mes, la segunda tercero Domingo veinte y dos de dho. Mes la tercera día de Sn. Juan veinte y quatro de dho. Mes, entre Juan Ydalgo hijo de Pedro Ydalgo y de Catalina Valiente, y María de Viejo bueno hixa de Blas de Viexobueno, y de María galdrana, todos vezinos de este Lugar, y no resultó ympedimento ninguno. Y Yo Pedro Ydalgo Vicario en este dho. Lugar los Desposé Ynfacie Eclesie y recibieron las Bendiciones Nupciales, siendo testigos Alonso Viexobueno, el Lizdo. Bernabé de Viejobueno, y Miguel Martínez, y otros muchos vezinos de este Lugar, fecho vt supra = Lizdo. Pedro Ydalgo =

Como así consta de dha. Partida, Libro, y folio citado a que me refiero.
Asimismo Doy fe que visto otro Libro Segundo tomo de Desposados que empieza el año de mil seiscientos treinta y cinco en que acabó el anterior y finaliza en el año de mil seiscientos y sesenta que también está empergaminado y foliado en quartilla ô quarto, en el citado Libro al folio cinquenta y tres Buelto Segunda Partida que concluie al Cinquenta y quatro es la del thenor siguiente =

Lucas Ydalgo y Ana Villar
desposados y Belados---   En el Lugar de Alvalate de las
Nogueras en Veinte y dos días del mes de Junio de mil seiszientos cinquenta y vn años. Yo Pedro Beteta Malo theniente de Cura de este dho. Lugar hab iendo prezedido las tres moniciones que manda el Sto. Concilio en tres días festivos a la Misa Mayor al tiempo del ofertorio que la Primera fue Domingo a quatro de dho. mes, y la segunda Domingo siguiente a onze, y la tercera a diez y ocho todas tres en dho. Mes y año, y de ellas no habiendo resultado ympedimento, habiendo Confesado y Comulgado, y sido examinados de la Doctrina Christiana y tomádoles su mutuo Consentimiento desposé por Palabras de Presente y Bele Ynfacie Eclesie â Lucas Ydalgo hixo de Juan Ydalgo y de María Viejobueno sus Padres Lexítimos, y Ana Villar hixa de Juan Villar y de Juliana Montalvo sus Padres Lexítimos todos vezinos de este Lugar, siendo testigos Phelipe Muelas, Pedro Martínez, y Francisco de Carazena, y otras muchas Personas todos vezinos de este Lugar, y lo firmé = fecho vt supra= Pedro Beteta Malo.

Como así aparece de estas dos Partidas anteriores orixinales, que se hallan  en los Libros citados, y sus respectivos folios a que me remito de donde las saqué é hice sacar, devolviendo dhos. Libros a dho. Sr. Cura, que aquí firma de su devolución y quedan en el Archivo= Y para que conste donde convenga, á Pedimento de la Parte doy este, que signo y firmo en esta Villa de Alvalate de las Nogueras a doze de Diziembre de mil setecientos setenta y cinco años.
          Rví.;
     Dr. Ruiz.         ENTESTIMONIO DEVERDAD=  

                                         Antonio Aragón
                                                Martinez.

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