El Procurador Lucas de Miranda, en representación del Ayuntamiento de Albalate de las Nogueras, presenta sus alegaciones en el auto que se sigue contra el Mayordomo de fábrica de la Iglesia Francisco Page Caracena, y el Provisor y vicario de Cuenca, por haber vendido granos a precios subidos.
Lucas de Miranda en nombre del Conzejo Justizias y rexim.to de la villa de Albalate de las Nogueras de quien presentto Poder especial con la solemnidad nezesaria= Ante V. A. , me presentto por el recurso de fuerza ô como mas combenga de los auttos y procedimientos del Provisor Grâl de la Ciudad y obispado de Cuenca, y señaladamente el que dio a diez y siete de Agosto pasado de
este presente por el que se declaro por
Juez compettentte; y Digo que estándose prozediendo por los Alcaldes ordinarios de dha. villa contra Fran.co Page Carazena vezno de ella, y Maymo. de fabrica de su Yglia Parrocal. sobre hauer vendido en este presente año los granos a precios mas subidos de la R.al tasa de su Mag.ad recurrió el suso dicho ante aquel Provisor y gano zensuras agrabadas para que dhos. Alcaldes se inhiuiesen del conocimiento de dha. causa con remisión de los autos de ella y en su vista hauiendo salido a ella dhos. Alcaldes y pedido que el Provisor se declarase por Juez incompetente de dhos. autos ynhiuiéndose del conocimiento y dejándole libre a la Jurisdicción R.al por el que dio en dho. dia diez y siete declaró tocar el conocimiento a su juzgado por ser dirigidos los procedimientos contra vienes y frutos de la fabrica de dha. Parrochia y que los autos se retubiesen en su tribunal donde las partes pidiesen lo que les conbiniese: de cuio auto se interpuso Apelazión por parte de dha. Jurisdizión R.al que se le admitió según consta del testimonio que con la misma solemnidad presento, y respecto de que el expresado Provisor en hauerse declarado por Juez competente haze nottoria fuerza la qual alzando y quitando=
Supp.co haia por presentados dhos. instrumentos y en su vista expedir a mis partes vuestra Real Provision en la forma ordinaria para que se remitan los autos Orixinales y absuelba a los excomulgados si los hubiere y declarar que dho. Provisor haze fuerza en conocer y proceder que es Justizia que pido &ª=
Licndo Joseph Martin Lucas de Miranda
En de Rueda
Jn Ycaza
Diez y seis de Octbre de 1735
La ordinaria con remisión de autos
al Consejo &
fho. en 3 dhoh.
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