miércoles, 15 de julio de 2020

Albalate: comunicación fallecimiento Marqués de Mortara.

     Albalate de las Nogueras: comunicación del fallecimiento del marqués de Olías y Mortara.
   Dado en Madrid a nueve de noviembre de mil y ochocientos=
                                             


   Don Juan Antonio Santa María comunica a las villas de señorío pertenecientes al marqués de Olías y Mortara, don Benito Palermo Osorio y Orozco Laso de la Vega, que dicho marqués falleció en la ciudad de Sevilla, intestado y sin sucesión, el día 16 de octubre, y heredándole como pariente más próximo, su tío, el duque del Arco, don Francisco de Asís Laso de la Vega.

     Don Juan Antonio Santa María, Cavallero de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos tercero, del Consejo de S. M. theniente Corregidor de esta Villa de Madrid, su tierra y jurisdicción, por el Rey nuestro Señor (Dios le guarde)
      Hago saver a los Señores Corregidores, Gobernadores, Alcaldes Mayores y demás Jueces y Justicias que exerzan la Real Jurisdicción, no sólo en las Villas de Arrancazepas, Villaconejos, Villar de Domingo García, Albar Añez, Fuentes Buenas, Albalate de las Nogueras, y Bóllega, en la Alcarria, sino también en qualesquiera otras Ciudades, Villas y Lugares, de estos Reynos y Señoríos ante quienes este mi Despacho requisitorio fuere presentado, y pedido de él su cumplimiento: que en nueve del corriente por don Fernando Romero de Leis, Apoderado General y especial del Excmo. Señor don Francisco de Asís Laso de la Vega, Duque del Arco, y Conde de Puerto Llano, se acudió a mi Juzgado y por la Escribanía del número del Ynteresado, exponiendo: que el Excmo. Señor don Benito Palermo Osorio y Orozco Laso de la Vega, Marqués de Mortara, sobrino carnal de S. E. falleció intestado y sin subcesión en la Ciudad de Sevilla, en diez y seis de Octubre próximo pasado, según resultaba de los documentos de que hizo presentación: que entre los Mayorazgos que gozó, lo fue el fundado por el Excmo.  Señor don Francisco de Orozco, su tercer Abuelo, Virrey y Capitán Gral. que fue del Principado de Cathaluña, en Escritura que otorgó en esta Corte, a catorce de Enero de mil seiscientos sesenta y seis, ante el Escrivano de Número Andrés de Calatañazor, sus unidos y agregados, al qual correspondía la Grandeza de primera clase, los titulares de Marqués de Mortara, Olías y Zarreal, varios Juros, una casa y Huerta en Caravanchel de Abajo, la Jurisdicción y varios drôs. en las Villas de Zarreal y Cabra, en Cataluña; y en esas dhas. Villas otros bienes, drôs. y Patronatos, y en las Ciudades de Mérida y Sevilla; de cuyos bienes y Mayorazgos se había transferido en dicho Excmo. Señor Duque del Arco, por Ministerio de la Ley de Toro, partida y sus declaratorias, la posesión civil y natural, por la muerte intestada y sin succesión del referido Sr. Dn. Benito Palermo Osorio y Orozco, Laso de la Vega, en concepto de Pariente más inmediato varón legítimo, según resultaba por notoriedad, y solicito que habiendo por presentados el Poder y Documentos referidos, tuviese a bien mandar se le diese a nombre de dho. Excmo. Sr. Duque del Arco, su principal la Posesión Real, Corporal velquasi, del expresado Estado y Mayorazgo, sus unidos y agregados en la misma Escritura de testamento y fundación, establecida por el fundador y privilegios de Juros, dél unidos...
                                                          


          FUENTE: F.N., C.994, D.1 (L.5.) 

                                                                                             

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