lunes, 26 de febrero de 2024

Albalate de las Nogueras. Desamortización de Madoz, año 1.862. Subasta de una Casa Fragua.

   Albalate de las Nogueras. - Desamortización de Madoz - Año 1.862.        


 Subasta de una Casa Fragua en Albalate de las Nogueras.

-Primera Subasta: 24 de Octubre de 1.862 (no hubo postor).

                                        


        El anterior Boletin se ponga por cabeza de este expediente; procédase á la subasta de la finca sita en Albalate de las Nogueras   número seiscientos noventa y uno ------ del inventario, perteneciente á  sus propios --------- en el día y hora designados, con citación del Procurador Síndico y asistencia del Comisionado de Ventas. Juzgado de primera instancia de Cuenca  dos     de Octubre       de mil ochocientos sesenta y dos, doy fé:

Sr. Nemesio Piñango.                Ante mí.

                                                   Jacinto Pedraza. 

Citación.     El mismo día, mes y año referidos, cité con el auto anterior, y para los fines que en él se expresan, al Procurador Síndico D. Victoriano Recuenco -   Quedó enterado y se dio por citado, doy fé:                       Pedraza.

Requerimiento.    

El repetido día, mes y año, requerí con el auto que antecede al voz pública, y quedó enterado, doy fée:

                                                                           Pedraza.

Diligencia de subasta.    

En la ciudad de Cuenca á veinte y cuatro  de Octubre  de mil ochocientos sesenta y dos, siendo la hora señalada, se constituyó S. S. en la sala destinada al efecto, con mi asistencia y la del comisionado de Ventas de Bienes nacionales, con el objeto de proceder á la subasta de la finca de que se tratará; y en su consecuencia, por el voz pública se dieron varios pregones llamando licitadores á una casa fragua sita en Albalate de las Nogueras procedente de sus propios, ocupa una superficie de treinta y cinco metros; linda á Mediodía la calle, N. casa de Victoriano Rubio, S. la calle; y Poniente corral de Concejo, capitalizada en ciento ochenta reales y tasada en seiscientos cincuenta reales, y por esta suma sale a subasta. No se presentó postor alguno.-----------------------

     con lo que se dio por terminado el acto, cuya diligencia firman dichos señores doy fée:                                                                                                                                         Ante mí.                                                                                                      Jacinto Pedraza.

Diligencia.  

Seguidamente se firmó, cerró y remitió á la superioridad el estado que demuestra el resultado de la anterior subasta, de que doy fée:

                                                                           Pedraza.

Auto.    

Remítase este expediente con el oportuno testimonio á la Comisión principal de Ventas de Bienes nacionales. Juzgado de primera instancia de Cuenca á veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos sesenta y dos, doy fé:                                                                                             Sr. Piñango.                         Ante mí.                                                                      Jacinto Pedraza.

Diligencia.    Doy fé: que en este día entrego el expediente con el testimonio al Comisionado de Ventas de esta provincia, Cuenca veinte y cinco   de Octubre   de mil ochocientos sesenta y dos.                                                                                                    Pedraza.

                                  Papeleta de pujas

Vecindad                                   R.s V.on 

                  No hubo postor.---


viernes, 16 de febrero de 2024

Certificado del médico de Escalona (Toledo) a favor del Juez de 1.ª Instancia Don Nicomedes Rogelio Page, de padecer Reumatismo.

     Don Nicomedes Rogelio Page y Castro, natural de Albalate de las Nogueras, Juez de 1.ª Instancia de Escalona (Toledo). Año 1.870.

Certificado del médico de Escalona, don Benito Blanco, de que el Juez Don Nicomedes Rogelio Page padece Reumatismo Paliarticular crónico que le mantiene imposibilitado de moverse del lecho.

                                        

                                            

                       

                                                          

Don Benito Blanco, Licenciado en

Medicina y Cirugía, titular de esta Villa,


             Certifico: que Don Nicomedes Rogelio Page, Juez de primera instancia de esta Villa y su Partido; se halla padeciendo un Reumatismo Paliarticular crónico, que hace un mes le tiene imposibilitado de moverse del lecho, por haberle interesado las articulaciones de las extremidades inferiores, y comoquiera no se haya podido dominar a pesar de haber empleado todos los medios que aconseja la ciencia, el que suscribe en unión de otros compañeros, le han aconsejado por serle de absoluta necesidad los baños de Archena, lo antes posible que pueda tomarlos, único medio que podrá aliviar sus dolencias.

    Y para que conste á petición del inte- rezado doy la presente que firmo en Escalona á cinco de Marzo de mil ochocientos setenta =

                               



miércoles, 7 de febrero de 2024

Año 1.834: el abogado don Francisco Page, natural de Albalate, solicita la plaza de Juez de 1.ª Instancia de Priego.

           El Abogado de los Reales Consejos don Francisco Page Page, natural de Albalate de las Nogueras, con estudio abierto y residente en Beteta (Cuenca), solicita de S. M. la Reina Doña Isabel II le conceda la plaza de Juez de 1.ª Instancia de la villa de Priego. - Año 1.834.

                                                           









                                      Señora.

   Dn. Francisco Page, Licenciado en Leyes, vecino y residente con estudio abierto en la Villa de Beteta provincia de Cuenca, puesto á los R. P. de V. M. respetuosamnente le manifiesta: que anhelando vivamente servir y ser útil a su augusta Soberana y a su patria, en el exacto desempeño de aquél puesto ó destino ppcô. a que le llama su carrera, y al que V. M. le c considere a propósito, según su aptitud, mérito y decisión por los sagrados derechos del trono legítimo, que constan de la adjunta relación, y que tiene acreditadas; y estableciéndose en la actualidad por la sabia mano de V.ª M. el mero plan de judicaturas de partido, en las que ahora más que nunca deben ponerse sujetos que, a la idoneidad posible reunan las indispensables de actividad, energía y marcada y franca decisión por la justa causa de su excelsa soberana D.ª Ysabel 2.ª: en este supuesto.

A  V.ª M. rendidamente suplica se digne nombrarle para la judicatura del partido de Priego establecida en esta Provincia, villa distante dos leguas de la de mi residencia, á cuya gracia y confianza, que espera de la bondad que caracteriza á V.ª M. corresponderá en toda ocasión por cuantos medios estén a su alcance. El todopoderoso guê. la preciosa vida de V.ª M. para felicidad de esta monarquía, y cuidadoso esmero del precioso vastage que custodia. Madrid 17 de Abril de 1834.


                                                               


viernes, 26 de enero de 2024

Año 1.880. El Ayuntamiento de Albalate de las Nogueras solicita la reducción de categoría de su Escuela pública.

        Albalate de las Nogueras.    Año 1.880

 El Ayuntamiento de Albalate solicita la reducción de Categoría de su Escuela pública por haberse reducido también su número de habitantes, que pasa de los más de 1.000 que tenía anteriormente a los 987 en la actualidad.

                                    

  Yltmo. Sr. Director general de Instrucción pública, 

Agricultura é Industria, en 16 de Agosto de 1880.

                                                                        825 - 625

                                                                                       550 - 416

nº 1203                          Y, S.

          Tengo el honor de pasar á manos de V.I. el adjunto expediente incoado por el Ayuntamiento de Albalate de las Nogueras solicitando la reducción en la clase y dotación de sus escuelas con arreglo al censo de población de 31 de Diciembre de 1877.  

Resultando que en el mencionado expediente se han llenado los requisitos prevenidos en la disposición 4ª de la Real Orden de 4 de Febrero último, y considerando legal la reducción que se pretende, este Rectorado cree puede accederse á la misma por esa superioridad, y caso de tomarse en consideración la denuncia que ha hecho el Inspector de la provincia sobre la falta de exactitud del nuevo censo en el pueblo de Albalate de las Nogueras, habría necesidad de dejar en suspenso la definitiva resolución de dicho expediente. 

 V. I. en su vista no obstante resolverá lo que estime más conveniente.

                             


lunes, 22 de enero de 2024

Albalate: Maestros y Maestras antiguos de la Villa. La Maestra D.ª María Martínez.

    Albalate de las Nogueras - Año 1.881

 Maestros y Maestras de las escuelas públicas de la Villa:

La Maestra D.ª María Martínez solicita un permiso por enfermedad que le es denegado por la superioridad.

                                                    

 Al Sr. Presidente de la Junta provincial de instrucción pública de Cuenca en 8 Agosto 1881.          

1096    

Devuelvo á V. I. el adjunto expediente de sustitución solicitada por D.ª María Martinez, maestra titular de la escuela de niñas de Albalate de las Nogueras, por no proceder tramitarle á la Superioridad, toda vez que del reconocimiento facultativo de la interesada no resulta su absoluta imposibilidad para el ejercicio activo de la enseñanza cuya circunstancia ha de existir para solicitar dicha sustitución según previene el art.º 2.º de la Orden de 7 de Enero de 1870. 

                                     Dios &.ª.

                


lunes, 15 de enero de 2024

Albalate de las Nogueras. Desamortización de Madoz. Subasta del terreno de Llano los Huecos y Monte de la Encina.

     Desamortización de Madoz.

   Partido Judicial de Priego.    Años 1.875/76   

  Albalate de las Nogueras.              

  Subasta de Bienes desamortizados.      

   Bienes de Propios de su Común 

   Expediente de subasta de un terreno rústico titulado Llano de los Huecos y Monte de la Encina, que cabe 103 hectáreas, 3 áreas y 31 centiáreas, sita en el término municipal de Albalate de las Nogueras, procedente de sus Propios.

    SIGNATURA: Archivo Histórico Provincial de Cuenca.                                               A.H.P.Cu., A-00003 - 13


   Número del expediente 4.342 -N. o del inventario 1.447

Bienes de Propios                        Menor cuantía. 


Don Federico de la Torre y Aguado, escribano de este número y Juzgado,

Doy fe: Que por disposición del Señor Jefe Económico de esta Provincia se anunció la subasta de unos terrenos sitos en término de Albalate de las Nogueras titulados Llano de los Huecos y Monte de la Encina procedente de los propios de dicha Villa, de caber en junto ciento sesenta fanegas, equivalentes a ciento tres hectáreas, tres áreas, treinta y una centiáreas, cuyos linderos constan en el espediente, tasados por los peritos en mil seiscientas pesetas, y capitalizados en mil ochocientas; llegado el día de la subasta que lo fue el diez de Noviembre del pasado año se hicieron varias posturas, fincando en Don Francisco Racionero vecino de Albalate de las Nogueras, en la cantidad de cuatro mil diez pesetas; remitido el espediente a la Dirección general de Propiedades y derechos del Estado, recayó aprobación del mismo según orden de treinta y uno de Diciembre próximo pasado, y habiéndosele hecho saber la adjudicación al rematante dentro del término legal se ha presentado a verificar el pago.

  Y para que conste á instancia de parte espido el presente con la debida referencia que signo y firmo en Cuenca a veinte y nueve de Enero de mil ochocientos setenta y seis.=

                                      Federico de la Torre

                                         y Aguado.


Nota/ Debe reintegrar este interesado a la Hacienda por el papel invertido en el espediente tres pesetas.

                                                La Torre.


                             


martes, 2 de enero de 2024

Albalate de las Nogueras. Año 1867 - El maestro D. Andrés Portero solicita la plaza de maestro de la escuela de niños.

  Albalate de las Nogueras.    Año  1.867     

                  


                                                                                 


            

Sr. Gobernador Presidente de la Junta de Instrucción pp..ca de la provincia:

  Andrés Portero y Guijarro, Profesor de 1.ª enseñanza de esta Villa de Vara de Rey, a V.S. con la consideración debida hace presente: Que hallándose vacante la escuela pp.ca de niños de Albalate de las Nogueras de igual categoría y sueldo que la que desempeña, y deseando trasladarse a ella por consejo de los facultativos para mejorar su salud algo deteriorada:

   A V.S. encarecidamente suplica, se digne elevar al Rectorado con su apoyo la adjunta instancia con todo lo demás que V.S.  crea necesario para el efecto.

   Favor que no duda conseguir de la acreditada justicia de V.S. cuya vida guê. Dios ms. a&. Vara de Rey 22 de Junio de 1867.=

             

Ilmo. Sôr. Rector de este distrito universitario:

   Andrés Portero y Guijarro, Profesor de Instrucción primaria, titular de la escuela de la Villa de Vara de Rey, partido de San Clemente, prov,ª de Cuenca, á V.S. con toda la consideración debida manifiesta: Que obtuvo esta escuela por oposición, según que se acredita por la copia del título y toma de posesión, la que hasta la fecha ha venido regentando con el celo y religiosidad que reclama su delicado distrito; pero habiendo notado que su salud se deteriora; y ordenándole los facultativos que varie de clima, sabiendo que la escuela de Albalate de las Nogueras está vacante:

   A V.S. encarecidamente suplica, que en uso de las facultades que le concede la regla 20,, de la Real Orden de 10 de Agosto de 1858,, se digne trasladarle a la referida escuela vacante, toda vez que es de la misma categoría y sueldo que la que desempeña.

   Gracia que espera de la rectitud de V.S. cuya vida guarde Dios ms. a&s. Vara de Rey 22 de Junio de 1867. =

                              

  Dn. Manuel Martinez, Alcalde Constitucional y Dn. Manuel Solsona Cura propio de esta Villa de Vara de Rey = Certificamos =

  Que Dn. Andrés Portero y Guijarro maestro elemental de la misma ha observado y observa tan loable conducta moral y política que se hace muy digno de toda recomendación ante quienes se presente; ya por la asiduidad a su profesión, ya por la puntual asistencia a los actos religiosos en compañía de sus discípulos; y para que pueda hacerlo conatar donde convenga al interesado, libramos la presente firmada y sellada con los de nuestro uso.

    Vara de Rey y Junio veinte y uno de mil ochocientos sesenta y siete.