sábado, 7 de septiembre de 2019

Juliana Vindel y sus hermanos contra Juana del Peso por la sucesión del Patronato que fundó el Canónigo don Alonso Hernández del Peso

        Real Chancillería de Granada

             Años 1578-1580
                     Pleito

Juliana Vindel, viuda de Miguel de la Fuente y consortes, vecinos de Albalate de las Nogueras,                   Con
    Alonso de Jaraba y Juana del Peso Marañón,                           Sobre
la sucesión del Patronato que fundó el Canónigo don Alonso Fernández del Peso y Andrés Hernández del Peso su Hermano.
    SIGNATURA:
      Archivo de la Real Chancillería de Granada,
PLEITOS, 10868-14



En La ciudad de Cuenca a veynte y seys dias del mes de abril de mill e quiºs e setenta e ocho años el juez eclesiástico s.or. Licdo. Juan del Cerro theniente de corregidor desta dha. Ciudad e su tierra Dio e pronunció una semtencia por scripto del tenor siguiente ------------------                r  En el Pleyto e causa que ante mi a pendido y pende entre partes de la una doña Juana del Peso marañón e Alonso de Jarava su tutor en su nombre e mateo calvete su procurador e de la otra Juliana Vindel y Juan Vindel por sí e Juan Vindel por sí e como tutor de Juan e Francisco de Viejobueno sus menores hijos de quiteria Vindel e Alonso Vindel e Alonso Vindel como tutor de Juana e Catalina de Viejobueno hijas otrosí de la dha. Quiteria Vindel e Quiteria Ximenez Vezinos del lugar de Albalate e Francisco de Arriba su procurador en su nombre.

                                        Visto  S.ª-
ffallo La dha. Doña Juana del peso marañon y el dho. Su tutor e procurador en su nombre aver provado su acción e demanda como Provar le convenía doyla por bien Provada e los dhos. Juliana Vindel e consortes aver provado sus exespciones como Provar les convenía. Doylas por no Provadas en cuya consequencia administrando Justicia devo de declarar e declaro las heredades sobre que ha seydo y es este Pleyto ser del vínculo e patronadgo que hizo e ynstituyó  Alonso Hernandez del Peso canónigo que fue de la yglesia catedral desta ciudad e como tal ser e pertenecer a la dha. Doña Juana del Peso marañon como subcesora del dho. Vinculo e bienes de Patronadgo ynstituydo por el dho. Alonso fernandez para que las goze, tenga e desfrute como tal subcesora y anden yncorporadas con los demas bienes del dho. Vínculo e Patronadgo condenando como condeno a los dhos. Juliana Vindel e consortes a que dentro de seys dias primeros siguientes de la data e notificación de esta mi sentencia dexen entreguen e libremente restituyan a la dha. Doña Juana y al dho. Su tutor en su nombre las dhas. Heredades viñas según e como al presente están con mas los frutos e Rentas que hayan Rentado e Rentaren desde el dia de la contestación de esta causa hasta la Real entrega e Restitución tasadas por dos personas puestas e nombradas por cada una de las partes Reservando como Reservo en mí de nombrar por el que no nombrare e tercero en caso de discordia Dando por ninguno siendo nescesario el trueco e cambio que de las dhas. Heredades se hizo, con las heredades contenidas en la scriptura del dho. Trueque en el proceso presentada para que los dhos. Julian Vindel e consortes se puedan entrar en las dhas. Sus heredades que han sido cambiadas o en el dho. Trueque para que las puedan tener gozar e poseer como propias suyas, Reservando como Reservo sus derechos a salvo a los dhos. Juliana Vindel e consortes contra los hijos y herederos del dho. Miguel del Peso para que pueda seguir e pedir su justicia siempre y quando como e ante quien viere que les convenga. E por esta mi Sentencia Difinitiva juzgando así lo Pronuncio e mando sin costas.  El Lizdo. Cerro.-------------------

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