viernes, 9 de febrero de 2018

Expediente de prohibición de entrada en la Corte contra d. Agustín Sancha y Tello

                Madrid, 17 de Octubre de 1.815

     Expediente relativo a la prohibición de entrada en la Corte dictada contra don Agustín Sancha y Tello, presbítero secularizado, natural y vecino de Albalate de las Nogueras, que había pertenecido a la Orden de Menores de San Francisco, obteniendo en 1.807 el breve de perpetua secularización. Estaba acusado de escándalo al huir de dicha localidad en compañía de su prima y dejar abandonada a su anciana madre.


   A nombre de D. Agustín Sancha y Tello, Presvítero secularizado, natural y vecino de la V.ª de Albalate de las Nogueras, y antes de ahora del orden de menores de S. Francisco se sigue expediente en el Consejo sobre él por el del Breve de perpetua secularización que en el año de 1807 obtuvo de S. S. dho. Religioso.
   El Consejo en su vista acordó se pidiese informe al Revdo. Obispo de Cuenca, y habiéndolo executado en vista de él y de lo expuesto por el Sr. Fiscal, se sirvió mandar este Supremo Tribunal por Auto de 7 de Junio de este año, que se digese al citado Revdo. Obispo, hiciese salir para Roma al referido Presvítero D. Agustín Sancha y Tello en el término preciso de un mes; observando en el ínterin su conducta, y dando cuenta al Consejo de lo que ocurriese; y que se diese orden al Ayuntamiento de la villa de Albalate de las Nogueras para que auxiliase las disposiciones que tomare aquel Revdo. Obispo: y cerrando la Cátedra de Gramática y primeras letras que desempeñaba el Dn. Agustín, diese las disposiciones necesarias para que se proveyese en otro sugeto con la misma dotación y emolumentos que disfrutase actualmente y agregación del Patronato fundado en la villa de Villaconejos, si así estuviese dispuesto en la fundación.
     Para el cumplimiento de lo mandado por el Consejo en dha. providencia, comuniqué con fecha 3 de Julio siguiente las órdenes convenientes al Revdo. Obispo de Cuenca y al Ayuntamiento de la villa de Albalate de las Nogueras: y en este estado me comunicó el Excmo. Sr. Presidente del Consejo con fecha 29 de Agosto último el oficio siguiente:                   

     

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