sábado, 4 de octubre de 2014

Pleito: Presbítero Luis López Yllana ( I )



  Albalate de las Nogueras y Cañaveras, años 1723 á 1726
 
     1.ª Parte.

   Pleito del Licenciado don Pedro Luis López Yllana, Presbítero de la villa de Albalate de las Nogueras,  junto con los Licenciados don Juan Millán Crespo y don Juan de Yllana Hurtado, Presbíteros de la villa de Cañaveras, y don Alonso Caravaño y don Francisco Baquero de Lirueña, vecinos de las villas de Carabaña y Buendía, como acreedores del difunto doctor don Pedro Blanco Herráiz, cura que fue de la villa de Carabaña, contra José Blanco Herráiz, colegial en el de San Clemente Mártir de Alcalá de Henares, cesionario por sus padres de la herencia de su hermano Pedro Blanco Herráiz, sobre la liquidación de los bienes que quedaron a la muerte de su hermano.









sábado, 9 de agosto de 2014

Albalate: deslinde de la Cañada Real.

    Albalate de las Nogueras, año 1.877
                          



     Deslinde y amojonamiento de la Cañada Real de Beteta, en su tramo de Albalate de las Nogueras.

                             Concejo de la Mesta

     En el archivo de esta Corporación existen los datos siguientes de las vías pecuarias del término jurisdiccional de Albalate de las Nogueras:
     "En las relaciones de Alcaldes Entregadores y en los apeos de la Cañada que pasa por el indicado término, practicados desde el año 1.616 hasta 1.791 consta que empieza la Cañada con el ancho de 90 varas* en el alto del Pozuelo, divisoria de los términos de Albalate y Arrancacepas, prosiguiendo por la cañada de Trigueros, cañada Luenga, Hoya de los Milanos, Llano de la Cañadilla, Paradero de las Carretas, por la vega del río Trabaque, haza del licenciado López y Alto del Puerto Viejo, entrando en la Sierra y baldíos de Cuenca.- En un testimonio de actuaciones de la Subdelegación de Beteta del año 1828 se manifiesta que en la Sierra de Cuenca se desprende de la Cañada que por allí pasa, otra que se dirige por Fuente-Escusa, Cañamares, Albalate de las Nogueras y entra en la Subdelegación de Cuenca por Arrancacepas.- En la relación descriptiva de los principales caminos pastoriles de la provincia de Cuenca figura una con el número 6, una Cañada Real de 90 varas* llamada de Beteta que en término de Albalate va por los sitios siguientes.- Bajada del Puerto.- Hondo de la Vega.- La Loma de los Caños adelante.- Collado de Villaescusa.- Alto de las Cabezas.- Llano de la Cañadilla.- cruza el camino de Cañaveras a Cañada Luenga.- El Cerrillo Blanco.- Cañada de Trigueros.- El Pozo Viejo.- donde finaliza dicho término y entra la Cañada en el de Arrancacepas.- ACTA DE DESLINDE.-  En la villa de Albalate de las Nogueras a veinticuatro de Octubre de mil ochocientos setenta y seis; ante don Juan Villarreal, Alcalde Constitucional de este distrito comparecieron don José Rodríguez, Visitador de Cañadas, acompañado de los Apeadores nombrados: Manuel Mayordomo y Francisco Racionero y el Guarda José Racionero Vindel; todos vecinos de esta villa y de mayor edad, de oficio Labradores con cuyos apeadores el Sr. Alcalde recibió juramento en forma legal, bajo del que ofrecen decir verdad en lo que se les pregunte según su leal saber y entender, de cuyo juramento yo el Secretario autorizante certifico: Y siendo la hora de las siete de la mañana el repetido Sr. Alcalde con las demás personas aquí mencionadas y mi asistencia, se constituyó en la Cañada Real que cruza este término dando principio en la falda del Puerto Viejo donde concluyen las viñas en una peña grande que hay en el camino, lo que quedó como mojón central: a las ciento veinte varas) y siguiendo la cañada adelante se colocó otro mojón central a las ciento veinte varas, hallándose intrusado en el trayecto ................... Siguiendo adelante se colocó otro mojón a las trescientas ochenta varas, con sus laterales hallando intrusado ............... Se colocó otro mojón central con sus laterales a las ciento veinte varas hallando intrusado a ................... A los trescientos doce metros se colocó otro mojón central con sus laterales, intrusos ................... Otro mojón con sus laterales a las quinientas veintiocho varas. Otro a las trescientas veintiocho junto al camino de Villaconejos, intrusos .................... Otro mojón con sus laterales a las quinientas cuatro varas, intrusos .................... Otro mojón con sus laterales a las cuatrocientas treinta y dos varas, intrusos .................. Otro mojón con sus laterales a las quinientas cuatro varas, intrusos ................. Otro mojón a las doscientas sesenta y cuatro varas con sus laterales. Otro a las trescientas treinta y seis con sus laterales, intruso ................. Otro mojón a las doscientas dieciseis varas con sus laterales, intrusos .................. Otro mojón con sus laterales a las seiscientas cuarenta y ocho varas, intruso ............... Otro mojón con sus laterales a las cuatrocientas noventa varas, intruso .................. Otro mojón con sus laterales a las cuatrocientas cincuenta y seis varas, intrusos ................. Otro mojón a las quinientas cuatro varas, con sus laterales, intrusos ................... Otro mojón a las trescientas ochenta y ocho varas con sus laterales, intrusos .................. Otro mojón a las cuatrocientas veinte varas con sus laterales, y desde éste al mojón del término y de Arrancacepas que se encontró a las ciento cuarenta y ocho varas. Por que se dió por terminado este deslinde y siendo ya puesto el sol se retiró la Comisión quedando citados para el día siguiente a la misma hora en la veredilla de las Peñas, firmando todos los concurrentes según costumbre de que yo el Secretario certifico: Siguen las firmas.-
OTRA ACTA.- En la villa de Albalate de las Nogueras a veinticinco de Octubre de mil ochocientos setenta y seis: reunidos los Sres. de la Comisión de deslinde con el fin de reconocer las veredillas y servidumbre pecuarias de este término, se constituyeron en la llamada de las Peñas de una latitud de veinticinco la que fué reconocida asimismo en las llamadas Llano de los Huecos, Cerro Tras de Águlas y Camino de Cañamares de doce varas de latitud de anchura, excepto ligeras intrusiones que no son de notar a consecuencia de haber pocos años fueron reconocidas y amojonadas por el Ayuntamiento, cuyos mojones se han renovado en todas ellas, así como también en los caminos vecinales que también fueron amojonados por esta Autoridad, y se han renovado igualmente; no perjudicando a estos vecinos ni ganaderos por ser año de vez, que los ganaderos no pasan el terreno de la siembra en todo el año. Habiendo jurado con las marcas de dieciocho pies* establecida por la Ley y apercibidos estos vecinos para que no se intrusaran en ellos bajo el imponerles las multas establecidas al que las infringiera. Con lo que se terminó este deslinde poniendo el edicto al público para hacerles saber a los que no hayan asistido, firmando la presente diligencia todos los presentes de que yo el Secretario certifico.- Juan Villarreal .- Manuel Mayordomo .- José Racionero .- Francisco Racionero .- José Rodríguez .- Tomás Portero .- ....................................................................


    Medidas de longitud antiguas de Castilla:

     * Vara Castellana: medida de longitud, dividida en 3 pies ó 4 palmos y equivalente en Castilla á 835 mm. y 9 décimas

     * Pie: el pie de Castilla es la tercera parte de la vara, y equivale a algo más de 278´5 mm.

    
    Por tanto, la anchura de la Cañada Real de Beteta a su paso por Albalate de las Nogueras, es de:
     90 varas castellanas = 75´15 metros.  

martes, 17 de junio de 2014

Rutas Públicas.

Rutas públicas:

El camino de la lana (Camino de Santiago)
                           

Plaza de Albalate de las Nogueras
Woow360! - Vista panorámica:
                             
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Camino de las cuevas en Albalate (cuevas de "el Carril")
- Inicio de la Ruta del Mimbre en Albalate de las Nogueras y tramo de la Ruta de la Lana que va hasta Santiago de Compostela. Unos 5 km. separan esta localidad de la de Villaconejos de Trabaque.
Woow360! - Vista panorámica:
                               

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    http://w360.me/p-499

Camino de Albalate de las Nogueras a Villaconejos de Trabaque. (5 kms.)

Woow360! - Vista panorámica.

Enlace a la panorámica:
                           

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                       http://w360.me/p-2360
                             
Camino de Santiago: Ruta de la Lana:
- Villaconejos de Trabaque: 
 - Albergue de Peregrinos.
                               

 Para acceder a la vista panorámica pinchar en este enlace:
                    http://w360.me/p-2348
 
Concierto inaugural de la 52 semana de música religiosa: Iglesia de Villaconejos de Trabaque (Cuenca) - 23 de marzo de 2013
Para acceder a la vista panorámica pinchar en este enlace:
                  http://youtu.be/2rzIwLvr_20
  Concierto de The Royal Wind Music, con María Martínez Ayerza. Villaconejos de Trabaque.
                                      
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    http://w360.me/p-1517   The Royal Wind Music.- María Martínez Ayerza.
    Para ver el vídeo en Youtube pinchar este enlace:                                       http://youtu.be/oMzyMu20uRY
 
 
 
 
 

lunes, 14 de abril de 2014

Martín del Peso Cortinas, Alcayde de las cárceles secretas de la Inquisición de Cuenca (años 1658-59).

     Albalate de las Nogueras, años 1658   
                                      



   Informaciones genealógicas de Martín del Peso Cortinas, vecino de Cuenca y natural de Albalate de las Nogueras, pretendiente a oficial del Santo Oficio de la Inquisición de Cuenca. Fue Alcayde de las cárceles secretas de la Inquisición de Cuenca. Su hermano Gonzalo del Peso fue también oficial de la Inquisición de Cuenca y Racionero de la Santa iglesia de Cuenca.

   " Esta es una copia y traslado de una carta del Ilustrísimo Señor Obispo Inquisidor General, del consejo de Su Magestad de la Santa y General Inquisición, Recivida en este Santo Oficio en diez y nueve de Noviembre del año pasado de mil y seiscientos y zinquenta y ocho años y de la Genealogía que con ella vino la qual es del tenor siguiente=
     El Ilustrísimo Señor Obispo Inquisidor General ha hecho Gracia del oficio de Alcayde de las cárceles secretas desta Inquisición a don Martín del Peso Cortinas, vecino desta ciudad el qual ha presentado en el Consejo la memoria de sus padres y abuelos. Cuya copia va con esta Orden, avisado se comunique en el secreto desta Inquisición. Y en lo que toca a este distrito y avisareis de lo que Resultare para que juntándolo con lo tocante a las demás naturalezas se provea lo que convenga a dichas Ordenanzas. Madrid a nueve de Noviembre de mil y seiscientos y zinquenta y ocho= Licenciado D. Gonzalo Bravo = doctor D. Juan Santos de San Pedro= doctor D. Lorenço de Sotomayor.=
     Genealogía de don Martín del Peso, vecino de Cuenca y natural de la villa de Albalate de las Nogueras..."
      

                                                                                                                             

domingo, 10 de noviembre de 2013

Conflictos en las Elecciones de Justicias de 1798.

Albalate de las Nogueras, años 1798-1800

     Matías de Madre, Procurador Síndico de la villa de Albalate de las Nogueras, con la Marquesa viuda de Mortara doña Rafaela Laso de la Vega y Sarmiento, como tutora y curadora de su hijo menor de edad, don Benito Palermo Ossorio y Orozco, Marqués de Olías y Mortara y Señor Jurisdiccional de la villa, sobre los conflictos y disputas que hay en su villa de Albalate por las Elecciones de Alcaldes para el año 1798, y la negativa de los salientes a aceptar el nombramiento de don Juan de la Guerra y Viana, por Alcalde Ordinario por el estado Noble, propuesto por el saliente Francisco Culebras, y rechazado las correspondientes 3 veces por el resto de vocales, por no ser válido al tener pleitos pendientes con el concejo y con varios vecinos, y deudas pendientes también con el Ayuntamiento y vecinos de la villa, y ser considerado autoritario y pendenciero, y por tales motivos y según las leyes, usos y costumbres, ser motivos excluyentes para ocupar cargos de justicia. A la Sra. Marquesa se le remitió la lista de candidatos para la elección donde no figuraba D. Juan de la Guerra, y sí otros dos candidatos propuestos por los vocales, excepto el citado Culebras, pero la Marquesa en su respuesta de nombramientos eligió por Alcalde Ordinario del estado Noble a don Juan de la Guerra y Viana, que no figuraba en la propuesta del Ayuntamiento de Albalate, por lo que el concejo, en uso de sus derechos y por los graves perjuicios que tal nombramiento podría acarrear, puso este pleito de nulidad en la elección a la Sra. Marquesa, dueña jurisdiccional de la villa, amparándose en litigios anteriores por similares motivos donde los tribunales fallaron a favor de la villa, reconociéndole haber actuado conforme a la ley al haber guardado desde tiempo inmemorial sus derechos, usos y costumbres relativos a las elecciones de República, enviando a su Señor Jurisdiccional el Marqués de Olías y Mortara la lista con dos candidatos por cada empleo como mandan las leyes, debiendo el Marqués elegir a las personas idóneas de entre las propuestas, y no como sucedió esta vez que la Marquesa eligió una persona no propuesta y que no figuraba en la lista que el concejo le envió en Diciembre.

     Francisco Nicomedes Martín, escribano Fiel de Fechos de esta villa de Alvalate de las Nogueras, y su vecino, certifico en la manera que puedo, cómo a pedimento de Matías de Madre, Procurador Síndico y uno de los cinco vocales que componen este Ayuntamiento, ayer que se contaron quatro del corriente Diciembre, se congregaron en estas casas consistoriales los cinco vocales exponendos con el fin y objeto de proponer como propusieron los quatro con arreglo â derecho y costumbre las personas que habían de servir los empleos de República y oficios de Justicia de esta dha. villa en el año próximo venidero de mil setezientos noventa y ocho para remitir dichas propuestas a ntrô. Señor Jurisdiccional el Excmo. Señor Marqués de Olías y Mortara, sobre que, y de cuio acto se formó expediente y diligencias originales que paran en mi poder tengo â la vista, y su tenor es el siguiente=                                      
Auto} Matías de Madre vecino y Procurador Síndico de esta villa de Alvalate de las Nogueras ante V. Md. Señor Thomás Page como mejor en drô. proceda parezco, y digo, nos hallamos entrados en el que rige de Diciembre tiempo oportuno según Reales Cédulas para evacuar las propuestas de las personas que han de sucedernos â regentar en el próximo que viene los empleos de República, cuias circunstancias no puedo menos de hacer presente no hay escusa para dilatar esta acta de Ayuntamiento para que evacuada se de tiempo â que el Señor Jurisdiccional elixa, y se resuelvan las dudas, y ovices resultantes en términos, y de manera que el primero de Henero veniente se aposesionen los electos; en los mismos términos, para evitar inconvenientes, y supérfluas disputas dispendiosas no puedo menos de rehencargar se evaque la solicitada acta de propuestas con arreglo â drô. guardándose entre vocales proponentes, y personas que propuestas sean los huecos, solvencias y parentescos que previenen las Leyes del Reyno, por manera que con arreglo a ellas, y costumbre con arreglo â drô. solo se estimen, y resulten propuestos los que careciendo de todo legal voice lo sean por la maior parte de vocales proponentes que concurran, y no en otros términos, por todo lo qual= A. V. Md.suppco. se digne pasar recado político a su compañero en vara y notificar a los demás vocales concurran con señalamiento de día, y hora, a las casas consistoriales a hacer, y formalizar dhas. propuestas en los términos de Justicia que dejo solicitados, y es la que pido Jurando lo necesario= Matías de Madre, = Auto= Por presentado: pásese recado político â mi compañero en vara el Señor Francisco Culebras, y notifíquese a los demás vocales de Ayuntamiento que para las tres de la tarde del que sigue concurran a las casas consistoriales a formalizar dhas. propuestas las que se evaquen con arreglo â las Leyes del Reyno, costumbres de este Pueblo, y según el Procurador Síndico en su anterior escrito solicita: el Señor Thomás Page Martínez Alcalde hordinario de esta villa de Alvalate de las Nogueras así lo proveyó, mandó y firmó en ella, y Diciembre primero de mil setecientos noventa y siete, y de que yo su escribano de fechos, y Ayuntamiento lo certifico= Thomás Page Martêz. = Presente fui= Francisco Nicomedes Martêz.= Notificación=... ...
                                                               (... Continuará)

lunes, 5 de agosto de 2013

La Villa de Albalate contra el Provisor y vicario de Cuenca - 3ª Parte.

     La villa de Albalate de las Nogueras contra el Provisor y vicario de Cuenca y el cura y eclesiásticos de la villa para que declaren sus frutos y las ventas de los mismos, se les señale las Porciones para su sustento y el de  quienes viven a sus expensas, y paguen las contribuciones que les corresponden por las ventas que hagan, según tiene dispuesto S. Mag., arreglado al Breve de Su Santidad. Años 1729-30.

   El Licenciado M. Ventura Santelices y Venera, Provisor y vicario de Cuenca, dictamina acerca del Pleito que se sigue entre el Ayuntamiento de Albalate de las Nogueras y el cura y eclesiásticos de la villa:

      (...3ª Parte)

     Nos el Liz.do M. Ventura Santelices i Venera Colegial mayor en el de San Bme. de Salamanca Provisor Gral. en esta Ciudad y obispado de Cuenca &ª= por quanto ante nos se presentó la petición sigte. = Gabriel García y Malpesa en nombre de Don Juan Tribiño de Espinosa, cura de la Parroquial de la villa de Albalate y demás eclesiásticos de ella, en la instancia introducida por el teniente de Alcalde mayor, Alcaldes hordinarios i essc.no de ella, inpidiendo i enbaraçando a dhos.  ecesiásticos, con indiculas exaçiones la benta de sus frutos ympuniendolas cautelosamente a los compradores= Digo que mediante Pretendere phatertant que los tragineros y abastecedores de los
Pueblos Çircunvecinos a dha. villa, que
tienen encaveçados sus derechos y
contribuciones con el recaudador de Su Mag.d  y millones Ubiesen de sacar guías, licencias, Pasaportes, testimonios, de las Porciones de vino que comprasen de dhos. eclesiásticos, llevándoles por ellos Porciones Creçidas, y que afiançasen los drôs.  y traer torna guías como si se allara en una rigurosa comisión con la fabrica, y puesto de tener la villa otorgado escritura de Caveçon de dhos. drôs., y sobrogadose en el que conpete a Su Mag.d se sirva Vmd. mandar su despacho con Çensuras, y para que dandose  Çertificación por los eclesiásticos del Bino que vendiesen de sus frutos, cosechas y diezmos, a dhos. traxineros se les diese Gía, testimonio o pasaportes a los referidos Conpradores franca y libremente, sin llevarles drôs. algunos por ser gravamen contra dhos. eclesiásticos, maiormente no practicando esta estorsion con los que Conpran a los seglares, y continuando los de el inferior clase que estos, y que su libre excepción se convierta en penoso gravamen i insistiendo esa teson y contravención a dhas. censuras, a lo dispuesto y mandado que dhos.  traxineros y avasteçedores paguen menos real de cada arroba de Bino que sacan de dha. villa i dando horden al Corredor para el cobro de ello, y acerle cargo y sobre que tengo Pedido se librase despacho para que sobreseiesen y cesasen en tan perjudicial novedad, y con el motibo de haver sido con Audiencia;...

                                              (... Continuará en la 4ª parte)  
                                                                     
      

sábado, 20 de julio de 2013

Pleito entre la villa de Albalate y el Provisor y vicario de Cuenca, - 2

   Albalate de las Nogueras, años 1729-30

     (...Continuación, -2ª Parte)
   ... testimonio que presenta y demás que ver conbino= su merced dijo que obedeciendo como obedece dha. Real Provisión mandaua y mandó que con vista de dhas. declaraciones el Presente Notario tase y señale a los referidos eclesiásticos lo que cada uno necesita, de dhos. frutos para su gasto i Consumo i el de su familia que mantiene a sus expensas y por lo que Constare de dha. tasación se libre despacho con Audiencia para que los dhos. eclesiásticos satisfagan lo que excesivamente hubiesen apropiado de dhos. frutos i expecies como tanbien lo que corresponde, según las Guías que menciona el dho. testimonio Presentado dado por Vicente Aragón y Arcos ess.no de dha. villa, en siete de Março próximo el qual se tendrá Presente para dha.  tasación y señalamiento= y asimismo se libre despacho con Censuras para que dhos. eclesiásticos en lo subcesibo se arreglen 
 a el Brebe de Millones en conformidad de como se oserba y Practica en los demás deste obispado y mando que dexando en los autos traslado de dha. Real Provisión se buelba y entregue a la parte dha. villa y recibo de quedar estos autos en el oficio de el Presente Notario y admitía y admitió la petición ô Peticiones que se Presenten firmadas por Dn. Fernando de Resa, Abogado por parte de dha. villa, en qualesquier expidientes que se ofrezcan; y en quanto a este se proveerá a su tiempo siendo necesario y así lo mando y firmo= f.do     Santelices= Antemi= Dn. Phelipe Romero y Moya= el qual dho. auto se pronunció en audiencia Pública en el referido dia y notificado en persona, a los Procuradores de las Partes, y por la de dho.  Consejo se requirió a el ynfraescripto Notario maior hiciese la tasación y señalamiento de las expecies que dhos. eclesiásticos necesitaban para su consumo i el de sus familias como en dho. auto se manda, en cuia execución se hiço dicha asignación en la forma siguiente-----------------
                                             (Continuará en la parte 3ª...)