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domingo, 15 de septiembre de 2019

Juan Patricio Aragón, sobre aprobacion de escribano.

    Albalate de las Nogueras, año de 1.780

   Juan Patricio Aragón, vecino de la villa de Albalate de las Nogueras, Sobre:
   Aprobación de escribano del número y Concejo de dicha villa, en virtud de Real título expedido a su favor.

   Antonio Aragón Martínez, essno. de su Magd. Público del Número y Ayuntamiento de esta villa de Villaconejos, y su vezino, Doy fee, y testimonio de verdad a los señores que el presente vieren, que Juan Patricio Aragón, Natural, y de la vecindad de la Villa de Alvalate de las Nogueras, ynmediata a esta de Villaconejos a distancia de una legua corta, â Practicado en mi oficio y escrivanía el Ministerio de tal por siete años, pues con este ánimo dió principio desde Primeros del mes de Mayo del año pasado de mil setezientos setenta y tres, Practicando, y travajando en dicho oficio de escrivano en quantas Diligencias ocurrian varios días que pasava a esta villa, y en otros muchos en la misma de Alvalate de las Nogueras, donde como escribano de
los Reynos, junto con ser del Número
y Concejo de esta de Villaconejos,
eran mui frequentes los días que se 
me llamaba a actuar a dha. de Alvalate porque no había escibano de Real aprovación en ella, y a causa de la ynmediación de los dos Pueblos, también asistía a Practicar a cuanto ocurría en Causas Civiles, y Criminales, y Apeaciones, ê Ygualmente assí en estas villas como en otras de la Circunferencia, â Practicado conmigo en dichos negocios, ynventarios, y Cuentas de Particiones, y de Apeaciones, escripturas, ê Ynstrumentos Públicos, Repartimientos de Reales Contribuciones, y otros asumptos, y justificaciones que por Comisiones de la Capital de Cuenca, en cuya Provincia y Partido se comprenden estas villas, se me han encarggado en dichos Pueblos, y aunque a los primeros años solo serbia como de Amanuense, más de cinco años hace que por sí, aunque â presencia mía, ordenaba los autos y escripturas con total desempeño y con mucha Fidelidad, y Legalidad, y en ello está mui abil, merecedor de que su Magd. le confiera y le haga merced de escribano del Número y Concejo de dicha de Alvalate, que en el día solicita, â título de la escribanía de estos oficios, que le tiene renunciada su Padre Sebastián de Aragón, y sacado ya el correspondiente de la Cámara, pues en virtud de ser ydóneo para el desempeño, dos años, que son los pasados de mil setezientos setenta y siete, y mil setezientos setenta y ocho, â Governado la escribanía de fechos y Ayuntamiento a satisfacción de sus concejales, y tribunales de la Capital de Cuenca donde se presentan las Cuentas de Propios, Repartos de Reales Haveres, y demás testimonios, y otros Documentos que se piden, sin adbertirse novedad alguna, y en anteriores años, desde el dicho de mil setezientos setenta y tres, que el citado su Padre se allaba escribano de dho. Concejo, le ayudava en el todo, ô lo más de ello, por ser ya de abanzada edad; y no tan sólo ha practicado conmigo en la fforma que queda notado, si también con otros escribanos de los Reynos que pasaban â actuar â dha. de Alvalate, y con los Jueces de Residencia de Justicias, pasando con estos â ayudarles â otras villas, por conozer su desempeño en ello: Y para que conste donde convenga, y obre los efectos que aya lugar, â ynstancia de el enunciado Juan Patricio Aragón, doy la Presente Fe de práctica, y testimonio de ello, el que signo, y firmo en esta Villa de Villaconexos â quince de Mayo de mil settezientos y ochenta a&=

   entestimonio  &  deverdad=

                                                       Antonio Aragón
                                                                    Mrnz.                   

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